Sindicato reitera preocupación ante prohibición de uso de cubrecaras en cuerpos policiales
La prohibición responde a informes de la Contraloría de Servicios e Informe del Organismo de Investigación Judicial
La Unión Nacional de Policías manifestó su preocupación ante una circular emitida por el Ministerio de Seguridad Pública, en la que se reitera la prohibición del uso de pasamontañas o cubrecaras desde el 18 de enero de 2016.
El sindicato señaló que comprende la obligación de que un agente público deba identificarse; sin embargo, consideran que los oficiales de policía no son funcionarios "comunes y corrientes", ya que enfrentan a diario a la delincuencia y al crimen organizado en el país.
Por ello, calificaron como un "retroceso" la limitación del uso de un artículo que, a su criterio, podría evitar que los oficiales sean identificados y convertidos en blanco de represalias. La Unión considera que deberían implementarse medidas de seguridad para los oficiales, especialmente aquellos que luchan directamente contra el crimen organizado.
"Como sindicato entendemos la parte del funcionario público y su identificación, pero el policía no es un funcionario público común y corriente. Es un funcionario público que está afrontando la delincuencia y el crimen organizado en nuestro país (…) Limitar el uso del único artículo que puede evitar que el policía sea identificado y víctima de represalias por parte de estos grupos nos parece un retroceso. Se debería más bien implementar algún tipo de seguridad para nuestros oficiales, sobre todo para quienes enfrentan directamente al crimen organizado y sus estructuras", explicó el vocero de la agrupación.
Además, el sindicato aclaró que no se oponen a medidas para combatir la corrupción, pero expresaron su preocupación por la prohibición de los pasamontañas, al considerarlo una herramienta útil para proteger la identidad de los agentes en sus días libres, cuando podrían ser objeto de represalias —situaciones que, afirmaron, ya han ocurrido—, incluso con ataques violentos.
La circular fue emitida el pasado 2 de mayo por el comisionado Erick Calderón, quien reiteró la prohibición del uso de estos accesorios debido a las constantes quejas recibidas sobre su utilización durante el desempeño diario de los agentes.
En el documento también se recuerda que las jefaturas policiales están obligadas a supervisar y controlar la aplicación de estas directrices. Consultado por CR Hoy, Calderón explicó:
"Es una medida a nivel nacional, y tomo como referencia la directriz de la Dirección General de la Fuerza Pública. Somos una policía preventiva, donde incluso usamos signos externos de identificación en vehículos y oficiales".
Asimismo, la directriz #02-2016-DGFP indica que el incumplimiento de esta orden puede conllevar consecuencias legales y disciplinarias.
La prohibición se fundamenta en informes de la Contraloría de Servicios y del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), los cuales señalan que el uso de estos artículos puede facilitar el anonimato para cometer abusos de autoridad y otros delitos durante las funciones policiales.
No obstante, la directriz contempla excepciones. El uso de cubrecaras será permitido únicamente en situaciones que representen una necesidad para la justicia y el orden público, como traslados de estupefacientes, custodias de detenidos pertenecientes al crimen organizado, allanamientos u otras actividades de alta peligrosidad. En estos casos, el uso debe ser previamente autorizado por la jefatura inmediata del oficial.
La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) que valorará el documento y las decisiones a tomar. Por su parte, el Ministerio de Seguridad Pública (MSP) indicó que la gestión estaba en trámite.
