Diputados aprueban penas de hasta 8 años por minería ilegal

Actividades de minería ilegal en parques nacionales y áreas protegidas se pagarían con hasta ocho años de prisión, tras la aprobación en primer debate de un proyecto de ley que endurece las penas por delitos ambientales. La Asamblea Legislativa lo aprobó con 53 votos.
La iniciativa es del exdiputado del Frente Amplio (FA) Ariel Robles. Ya había pasado primer debate antes, pero el texto se devolvió para incorporarle mejoras.
Además de la minería ilegal, el proyecto endurece las sanciones por tráfico de especies silvestres, pesca ilegal y otras actividades ambientales sin permisos. Reforma la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, la Ley Forestal, la Ley de Pesca y Acuicultura, la Ley de Protección de Tortugas Marinas y el Código de Minería, y busca fortalecer a la Fiscalía Ambiental del Ministerio Público y a las demás autoridades que persiguen estos delitos.
Endurecimiento contra la minería ilegal
En parques nacionales, reservas biológicas y otras áreas protegidas, quienes realicen reconocimiento, exploración, extracción o explotación minera enfrentarían entre dos y ocho años de prisión. La misma pena aplicaría a quien comercialice, dentro o fuera del país, minerales extraídos ilegalmente.
Quienes promuevan, financien, administren, organicen, faciliten o dirijan actividades mineras ilegales —o se beneficien de ellas— enfrentarían entre dos y seis años de cárcel. Fuera de áreas protegidas, la pena por actividad minera sin permiso o concesión sería de uno a seis años. El proyecto mantiene la excepción para la extracción artesanal de arena.
Penas mayores cuando interviene el crimen organizado
Cuando delitos forestales o pesqueros se cometan en grupo, bajo las condiciones de la Ley contra la Delincuencia Organizada, las penas subirían: de uno a seis años adicionales en delitos forestales, y de dos a seis años adicionales en delitos de pesca y acuicultura. Los delitos contra tortugas marinas cometidos por tres o más personas también subirían a un rango de dos a seis años.
Tráfico de animales silvestres
Comerciar, negociar, traficar, trasegar, importar o exportar animales silvestres —o sus productos y derivados— sin permiso del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) tendría penas de dos a cuatro años de prisión.
La pena subiría a un rango de tres a seis años si se trata de especies con poblaciones reducidas, en peligro de extinción, o protegidas por la Convención CITES. El proyecto también contempla el decomiso de los animales, productos, derivados e instrumentos usados para cometer el delito.
El texto ahora debe votarse en segundo y último debate.