Suspenden a fiscal que atribuyó su buen humor a reciente vida sexual

20 de Sep. 2026 | 3:10 am
Imagen ilustrativa.

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Un fiscal auxiliar fue suspendido después de que, durante una reunión de trabajo con una defensora pública, le dijera al menos tres veces que estaba de buen humor porque la noche anterior había "follado".

El funcionario hizo los comentarios mientras la observaba de una forma que ella describió como "libidinosa" y empleaba un tono de voz que percibió como "seductor".

El Tribunal de la Inspección Judicial declaró al funcionario responsable de hostigamiento sexual. Los jueces concluyeron que sus manifestaciones no podían considerarse una simple expresión vulgar o un comentario desafortunado.

El contexto, la reiteración de la frase, las miradas y el tono empleado permitieron determinar que se trató de una conducta sexualizada e indeseada que vulneró la autodeterminación sexual de la funcionaria.

En la sentencia del 23 de enero de 2026, el Tribunal calificó la falta como gravísima y le impuso al fiscal una suspensión de cinco días sin goce de salario.

Una reunión de trabajo

Los hechos ocurrieron a finales de noviembre de 2024. En ese momento, el investigado era fiscal auxiliar de la Fiscalía de Flagrancia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Por su parte, la denunciante ejercía como defensora pública de Flagrancia en ese mismo circuito judicial.

La defensora acudió a la Fiscalía de Flagrancia de Pococí porque necesitaba conversar con el fiscal sobre la posibilidad de aplicar un procedimiento abreviado en una causa penal en la que ambos intervenían profesionalmente.

Un técnico judicial la recibió y la acompañó hasta la oficina del fiscal. Según relató la denunciante, cuando ingresó encontró al funcionario recostado en un sillón mientras observaba una película de acción en un televisor.

Ella se sentó y comenzó a explicarle el motivo de su visita. Durante la conversación, según su testimonio, el fiscal cambió su lenguaje corporal, la miró de una forma que interpretó como coqueteo y utilizó un tono de voz más suave y seductor.

Entonces, le dijo que estaba muy feliz porque la noche anterior había "follado".

De acuerdo con su relato, la manifestación le provocó miedo, asco y humillación. Pese a ello, trató de mantener la conversación dentro del ámbito profesional. Sin embargo, el comentario no ocurrió una sola vez.

La funcionaria aseguró que el fiscal volvió a decirle que estaba feliz porque la noche anterior había tenido relaciones sexuales. Para ese momento, interpretó el comentario como una insinuación o invitación sexual. Posteriormente, el funcionario habría repetido la misma frase por tercera vez.

Investigación

La denuncia llegó a la Inspección Judicial en febrero de 2025. La denunciante interpretó las manifestaciones como una insinuación sexual dirigida hacia ella. Además, señaló que sintió que el fiscal no la observaba como una profesional, sino como un objeto de interés sexual.

También afirmó que se sintió desvalorizada, humillada y perturbada. Asimismo, indicó que la situación afectó su bienestar emocional.

El fiscal rechazó la acusación. Entre sus argumentos, aseguró que nunca irrespetó a la denunciante ni a otras mujeres mediante insinuaciones sexuales. También destacó que acumulaba 25 años de servicio sin haber enfrentado anteriormente, según afirmó, una acusación de esa naturaleza.

Además, señaló que no mantenía una relación personal con la denunciante. Explicó que no tenía su número telefónico, no se comunicaba con ella mediante redes sociales, nunca había tomado café con ella y su relación se limitaba al ámbito profesional.

El funcionario también cuestionó el motivo por el cual la defensora acudió a su despacho. Argumentó que los procedimientos abreviados se acordaban en las salas de juicio antes de las audiencias. Incluso calificó la denuncia como un "montaje" para perjudicarlo.

Testimonio de la defensora

Ninguna persona escuchó directamente la conversación en la que habrían ocurrido las expresiones sexuales. Por esta razón, el testimonio de la defensora constituyó la principal prueba directa.

La sentencia citó jurisprudencia de la Sala II y de la Sala IV. Según esos precedentes, el juzgador debe analizar la versión de la víctima junto con las demás pruebas, bajo las reglas de la sana crítica, la experiencia, la lógica y el sentido común.

La Sala Constitucional ha establecido que una única prueba directa puede sustentar una decisión sancionatoria cuando el juez le otorgue suficiente credibilidad para alcanzar certeza sobre los hechos.

Sin embargo, esto no convierte el testimonio de la víctima en una verdad incuestionable. El juzgador debe examinarlo, contrastarlo con las demás pruebas y explicar por qué le concede credibilidad.

El Tribunal concluyó que el testimonio de la denunciante era creíble. Tampoco encontraron elementos que demostraran algún interés de la funcionaria en inventar los hechos para perjudicar al fiscal.

Pareja relató afectación emocional

La pareja sentimental de la defensora declaró durante el procedimiento. El hombre explicó que conoció lo ocurrido varios días después.

Según su testimonio, la funcionaria inicialmente no tenía fuerzas para contarle verbalmente lo sucedido, por lo que tuvo que escribirlo en un papel.

Posteriormente, le relató entre lágrimas lo que había ocurrido. La defensora le manifestó que no supo cómo reaccionar en ese momento, por lo que intentó conservar la compostura y mantener una actitud profesional.

Según su pareja, la funcionaria se sentía irrespetada, acosada y tratada como un objeto, en lugar de como una compañera de trabajo. Además, la describió como devastada, frustrada y deprimida.

¿Comentario vulgar u hostigamiento sexual?

Para el Tribunal, decir tres veces que estaba feliz porque la noche anterior había "follado" tenía una connotación sexual inequívoca.

La Inspección Judicial analizó el contexto completo. Ambos funcionarios estaban reunidos por un asunto estrictamente profesional y no existía entre ellos una relación de amistad, familiaridad o confianza.

Además, el fiscal habría repetido la expresión tres veces. Según el testimonio que el Tribunal consideró creíble, también acompañó las frases con miradas libidinosas y un tono seductor. La reiteración resultó determinante para resolver el caso.

Si el fiscal hubiera pronunciado la frase una sola vez, podría haberse analizado como una "torpeza, ligereza o descuido espontáneo y no consciente del lenguaje". No obstante, repetirla tres veces durante una conversación laboral evidenció interés y voluntad en la conducta.