Sala IV elimina pago de alimentación a empleados de Recope durante horas extra

Tampoco tendrán más pago para “desarrollo de actividades deportivas”

21 de Oct. 2024 | 12:37 pm

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, más conocida como Sala IV, declaró inconstitucionales 2 artículos de la Convención Colectiva de los funcionarios de la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope). Se trata de los artículos 36 y 77 de dicha convención.

El artículo 36 habilitaba el pago de dinero por concepto de alimentación para los trabajadores que laboraran al menos 2  horas extraordinarias luego de terminada su jornada ordinaria, mientras que el 77 disponía el pago de ¢4 millones anuales de Recope a la Comisión Central de Salud Ocupacional para el "desarrollo de actividades deportivas" de sus empleados.

La declaración de inconstitucionalidad de ambos artículos se dio tras una consulta formulada por el diputado del Partido Liberal Progresista (PLP), Gilberto Campos Cruz.

El diputado alegó que ambos gastos eran desproporcionales y que, en el caso del artículo 36, se desvirtuaba el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, emitido por la Contraloría General de la República, para el pago de viáticos para empleados estatales que deben trasladarse a giras.

"Estamos satisfechos porque una vez más le cuidamos el bolsillo a los costarricense ante los abusos cometidos con los recursos públicos debido a gastos desproporcionados e irrazonables contrarios al buen uso de fondos públicos, en beneficio de un pequeño grupo de trabajadores de Recope y en perjuicio de todos los contribuyentes al fisco. Vamos a continuar por esa línea durante nuestra gestión", afirmó Campos Cruz

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