¿Qué resolvió la Sala IV sobre los magistrados suplentes?

Sala IV
La Sala Constitucional ordenó a la Asamblea Legislativa retomar el proceso para elegir a los nueve magistrados suplentes y, mientras eso ocurre, decidió mantener de forma provisional a quienes ocupaban esos cargos hasta diciembre de 2025 para evitar que el tribunal deje de resolver casos urgentes.
La decisión se dio al resolver un recurso de amparo presentado por un ciudadano, quien alegó que la falta de nombramientos estaba afectando su derecho de acceso a la justicia constitucional. Según expuso, varios expedientes en los que figura como parte permanecían sin resolverse porque algunos magistrados propietarios debían inhibirse de conocerlos y no había suplentes para sustituirlos.
En la sentencia, aprobada por mayoría de cuatro magistrados, la Sala concluyó que esa situación ponía en riesgo el acceso de las personas a la justicia constitucional y el funcionamiento del tribunal encargado de proteger los derechos fundamentales. Por ello, declaró con lugar el recurso de amparo.
Como parte de la resolución, los magistrados dejaron sin efecto el acuerdo mediante el cual la Asamblea Legislativa devolvió a la Corte Suprema de Justicia la nómina de candidatos a magistrados suplentes y solicitó elaborar una nueva lista. La Sala determinó que el Congreso debe conocer y votar la nómina enviada por la Corte Plena el 15 de octubre de 2025.
Además, ordenó a la presidenta de la Asamblea Legislativa, Yara Jiménez, realizar las gestiones necesarias para que ese nombramiento sea conocido por el Plenario en la próxima oportunidad posible.
Mientras los diputados no elijan a los nuevos suplentes, la Sala dispuso una medida transitoria: prorrogar provisionalmente el nombramiento de los magistrados suplentes cuyo período venció el 16 de diciembre de 2025. Sin embargo, estos solo podrán intervenir en los casos urgentes e indispensables en los que un magistrado propietario esté legalmente impedido de participar, con el fin de evitar que el tribunal se paralice.
La resolución también condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados por la situación, los cuales deberán determinarse posteriormente en la vía contencioso-administrativa.
El fallo no fue unánime. Los magistrados Fernando Castillo, Luis Fernando Salazar y la magistrada Anamari Garro salvaron el voto y consideraron que el recurso debía rechazarse en todos sus extremos.