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¿Qué es la DIS y cuáles son sus funciones? Acá le explicamos

Por Daniel Córdoba | 14 de Ene. 2026 | 9:56 am

 

En las últimas horas, el nombre de la Dirección de Inteligencia y Seguridad, conocida por sus siglas DIS, ha sido tendencia, particularmente luego de que este martes 13 de enero Jorge Torres, director de la institución, presentara una denuncia penal por un supuesto plan para acabar con la vida del mandatario, Rodrigo Chaves Robles.

La DIS es el servicio de inteligencia adscrito al Ministerio de la Presidencia, del Poder Ejecutivo. Se trata de un órgano informativo del presidente de la República en materia de seguridad nacional.

Los orígenes de esta institución datan de setiembre de 1963, durante la administración de Francisco Orlich Bolmarcich, cuando se creó la Agencia de Seguridad Nacional, un órgano adscrito al Ministerio de Seguridad Pública (MSP).

Años después, en 1986, mediante el Decreto Ejecutivo n.° 16398, la Agencia fue trasladada al Ministerio de la Presidencia.

Posteriormente, el 19 de mayo de 1994, durante la administración de José María Figueres Olsen, y mediante la Ley n.° 7410, Ley General de Policía, recibió el nombre de Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS).

Actualización mediante decreto ejecutivo

En 2005, durante la administración de Abel Pacheco de la Espriella, se emitió el Decreto Ejecutivo n.° 32522, denominado Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional, en el cual se establece lo siguiente:

"La Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional es un cuerpo policial que funge como órgano informativo del Presidente de la República en materia de seguridad nacional. Según lo dispuesto en el artículo 13, siguientes y concordantes de la Ley General de Policía, constituirá un órgano adscrito y subordinado administrativa y presupuestariamente al Ministerio de la Presidencia", artículo 1.

La DIS tiene la siguiente organización administrativa:

  • Dirección General.
  • Área de Asesoría Legal.
  • Área de Operaciones.
  • Área de Recursos Humanos y Capacitación.
  • Área de Recursos Materiales y Presupuesto.
  • Unidad de Archivo.

¿Cuáles son sus atribuciones?

En la Ley General de Policía de 1994 se establecen las siguientes atribuciones de la DIS:

a) Detectar, investigar, analizar y comunicar al presidente de la República o al ministro de la Presidencia la información necesaria para prevenir hechos que impliquen riesgo para la independencia o la integridad territorial, o que pongan en peligro la estabilidad del país y de sus instituciones.

b) Coordinar con organismos internacionales los asuntos de seguridad externa.

c) Ejecutar labores de vigilancia en materia de seguridad del Estado y de sus bienes, con la autorización previa y expresa del ministro respectivo.

d) Informar a las autoridades pertinentes del Poder Judicial sobre la amenaza o la comisión de un delito y trabajar coordinadamente con esos cuerpos para prevenirlo o investigarlo.

Además, en 2005 se incorporaron las siguientes funciones:

e) Para cumplir con la labor de detección e investigación, la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional realizará operaciones de inteligencia que le permitan recopilar y posteriormente verificar la información necesaria. Para este efecto, el director, junto con el presidente de la República y el ministro de la Presidencia, dispondrá de una partida de gastos confidenciales.

f) Coordinar con gobiernos amigos los asuntos de seguridad externa, para un efectivo intercambio de información.

g) Como complemento a las operaciones de vigilancia en materia de seguridad del Estado y de sus bienes, la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional realizará las acciones investigativas que permitan corroborar la información obtenida por medio de las operaciones indicadas en el inciso primero de este artículo.

h) Para llevar a cabo la labor de coordinación con los organismos judiciales señalada en el inciso d) del artículo 14 de la Ley General de Policía, la Dirección establecerá los canales de información pertinentes que permitan mantener fluidez y confidencialidad en el manejo de la información.

¿Qué no puede hacer la DIS?

Este cuerpo policial no puede dirigir allanamientos, realizar interrogatorios, emitir citatorios ni participar en detenciones.

Por su especialización técnica y si un caso lo justifica, la Dirección podrá participar, junto con las autoridades que realizan acciones coercitivas, para brindarles información o colaboración. No obstante, dicha intervención deberá ser autorizada por un juez.

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