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Prórroga a antigüedad beneficia a 296 unidades autobuseras

Ley entró a regir tras su publicación en Diario Oficial La Gaceta

14 de Mar. 2024 | 5:32 am

A 296 unidades de buses que se les venció su vida útil en 2022 y 2023 se les aplicó la prórroga para que su antigüedad se extendiera un año más.

El dato se desprende de un análisis realizado por CRHoy.com con base en cifras estadísticas oficiales del Consejo de Transporte Público (CTP).

La Asamblea Legislativa aprobó el 23 de enero de 2024 en segundo debate el expediente 23.782 Ley para Garantizar el Servicio de Autobús para los Usuarios.

Rodrigo Chaves Robles, presidente de la República, y Luis Amador Jiménez, ministro de Obras Públicas y Transportes (MOPT), ejecutaron la firma de la Ley 10.444 el pasado 31 de enero.

El marco legal entró a regir desde el pasado 20 de febrero tras su publicación en el Alcance 34 en el Diario Oficial La Gaceta.

La legislación tiene como espíritu ampliar la vida útil de las unidades de transporte público en modalidad autobús de ruta regular por un plazo definido y por una única ocasión.

Transitorio

El marco legal incorporó un transitorio a la ley actual de Tránsito en el cual se estableció como beneficiarios a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), según lo determine la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), así como también las cooperativas ubicadas dentro de esas clasificaciones.

"El ente encargado de realizar la inspección técnica vehicular deberá verificar de previo el cumplimiento de los requisitos técnicos de la flota del transporte público que circule bajo esta habilitación. Las unidades de transporte que sobrepasen los quince años de antigüedad, y se acojan al plazo adicional establecido en el presente transitorio, deberán realizar la inspección técnica vehicular cada 4 meses y cumplir con las condiciones de accesibilidad establecidas en la Ley 7600, Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, de 2 de mayo de 1996, y su reglamento. Durante la vigencia de la presente norma transitoria, tanto el Consejo de Transporte Público como la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos tendrán por autorizada la operación de las unidades cubiertas por esta disposición, para todos los aspectos operativos, tarifarios y legales" cita el marco legal.

La ley surgió luego de que empresas autobuseras reportaran dificultades para renovar las flotillas autobusera tras la situación económica que se vivió cuando llegó la pandemia por COVID-19 a inicios de 2020.

Con corte al 27 de febrero, el CTP detalló que se detectaron 128 unidades procedentes del periodo 2007-2022 y 222 automotores del periodo 2008-2023, las cuales suman 350 las que se le venció la vida útil.

De ellas se prorrogan 120 unidades modelo 2007 y 176 del modelo 2008; mientras que a 54 unidades implicadas en el periodo de estudio no les cubre la prórroga porque se encuentran en la clasificación de ruta grande.

Las unidades de transporte que se acojan al plazo adicional deberán acudir a la inspección técnica vehicular cada 4 meses, así como también el garantizar las condiciones de accesibilidad establecidas en la Ley 7600, Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.

Desde el CTP indicaron a CRHoy.com que los temas económicos a raíz de la pandemia figuraron como el principal motivo frecuente por el cual no se produjo la respectiva renovación.

Proceso legislativo

El Congreso de la República dio el primer debate a la Ley el 16 de octubre de 2023. Sin embargo, la iniciativa tocó las puertas de la Sala Constitucional gracias a una consulta facultativa que presentó la Defensoría de los Habitantes.

El órgano defensor alegó que el proyecto irrespetó el principio de gobierno participativo establecido en la Constitución Política debido a que no se consultó de previo a las organizaciones de personas con discapacidad en el proceso legislativo.

Alegó además que la extensión de la vida útil de los autobuses justificó el incumplimiento de los requisitos de accesibilidad para esta población.

También consideró que el plan violó los principios de no regresividad en materia de derechos humanos y razonabilidad al detallar que hay un impacto negativo que sufrieron las empresas de transporte en pandemia.

La Sala Constitucional no encontró vicios de procedimiento y detalló que no hubo afectación a los derechos de las personas con discapacidad; lo cual permitió que se pudiera dar un segundo debate sin inconvenientes.

La resolución 2023-030483 de noviembre de 2023 detalló que la reforma operó de forma neutral para las personas con discapacidad y que la afectación que se les podría dar es la misma para otros usuarios del transporte público remunerado de personas con autobuses.

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