Presentan proyecto para aumentar penas de hasta 99 años de cárcel a quien mate a un niño
Proyecto propone reformar artículos 51 y 76 del Código Penal
(CRHoy.com).-Este miércoles 12 de abril, fue presentado en el Departamento de Gestión de Propuestas Ciudadanas de la Asamblea Legislativa un proyecto ley para que se aumente hasta 99 años de prisión a quién sea declarado culpable de matar a un niño o niña.
Dicha propuesta solicitaría una reforma en los artículos 51 y 76 del Código Penal, además de que agregaría la excepción del límite máximo de prisión por el delito de homicidio calificado en perjuicio de un menor de edad, que pasaría de 50 a 99 años.
Por lo que, según la propuesta, dichos artículos quedarían de la siguiente manera:
| Artículo actual en CP | Propuesta reforma al CP | Cambios |
| Artículo 51.-La pena de prisión y las medidas de seguridad se cumplirán en los lugares y en la forma en que una ley especial lo determine, de manera que ejerzan sobre el condenado una acción rehabilitadora. Su límite máximo es de cincuenta años. | Artículo 51.-La pena de prisión y las medidas de seguridad se cumplirán en los lugares y en la forma en que una ley especial lo determine, de manera que ejerzan sobre el condenado una acción rehabilitadora. Su límite máximo es de cincuenta años, salvo las sentencias condenatorias por homicidio calificado en perjuicio de niños y/o niñas, la cual su límite máximo es de noventa y nueve años. | Se incluye la frase: "…salvo las sentencias condenatorias por homicidio calificado en perjuicio de niños y/o niñas, la cual su límite máximo es de noventa y nueve años".
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| Artículo 76.- Para el concurso material se aplicarán las penas correspondientes a todos los delitos cometidos, no pudiendo exceder del triple de la mayor y en ningún caso de cincuenta años de prisión. El Juez podrá aplicar la pena que corresponda a cada hecho punible, siempre que esto fuere más favorable al reo. | Artículo 76.- Para el concurso material se aplicarán las penas correspondientes a todos los delitos cometidos, no pudiendo exceder del triple de la mayor y en ningún caso de cincuenta años de prisión, salvo las sentencias condenatorias por homicidio calificado en perjuicio de niños y/o niñas, la cual su límite máximo es de noventa y nueve años. El Juez podrá aplicar la pena que corresponda a cada hecho punible, siempre que esto fuere más favorable al reo. | Se incluye la frase: "…salvo las sentencias condenatorias por homicidio calificado en perjuicio de niños y/o niñas, la cual su límite máximo es de noventa y nueve años". |
| Artículo 112 CP, se eliminó inciso 3 y corrió numeración. | ||
| No existe | Artículo 112 bis.- Se impondrá prisión de treinta y seis a noventa y nueve años, a quien mate a un niño o niña nacido de hasta 12 años de edad. | Se incorpora el 112 bis como derivación del homicidio calificado. |
Esta iniciativa fue planteada por el periodista y abogado Carlos Hidalgo Flores.
"La imposición de una sanción corresponde exclusivamente a los diputados, quienes deben comprender la realidad y a partir de lo que sucede, tipificar las conductas y adecuar las penas como se pretende con esta iniciativa", indicó Hidalgo.
