Nuevo proyecto limita obligación de entes públicos de comprar con el CNP

Propuesta abre posibilidad de abastecerse de proveedores privados

La nueva iniciativa busca reformar dos artículos de la Ley Orgánica del CNP. (Archivo/CRH).

La nueva iniciativa busca reformar dos artículos de la Ley Orgánica del CNP. (Archivo/CRH).

(CRHoy.com) -Un nuevo proyecto de ley busca limitar la obligación legal que pesa sobre algunas instituciones públicas de abastecerse de los productos que suministra el Consejo Nacional de Producción (CNP).

La iniciativa fue presentada por la diputada Yorleny León, del Partido Liberación Nacional (PLN), días después de que la Comisión de Ciencia, Tecnología y Educación de la Asamblea Legislativa enterró otro proyecto cuyo propósito era eliminar esa obligación incluida en el artículo 9 de la Ley Orgánica del CNP.

La propuesta también pretende limitar el esquema del margen de intermediación que utiliza la institución en el mercado de los productos que compra y venta.

El texto plantea una modificación al artículo 9 que indica que los entes públicos estarán obligados a proveerse, en principio, del CNP de todo tipo de suministros genéricos propios del tráfico de las instituciones a las cuales provee.

La diputada Yorleny León, del PLN, presentó el proyecto de ley. (Archivo/CRH).

La diputada Yorleny León, del PLN, presentó el proyecto de ley. (Archivo/CRH).

Además, fija ciertas condiciones a las compras que las entidades públicas hagan al CNP. Algunas de ellas son las siguientes:

  • Las compras que hagan los entes públicos serán mediante contratación directa y por medio del Programa de Abastecimiento Institucional (PAI) del CNP.
  • El CNP deberá fungir, con carácter de prioridad, como facilitador para el acceso al mercado de las micro, pequeñas y medianas empresas agropecuarias, agroindustriales, pesqueras y acuícolas.
  • Las entidades públicas fijarán las condiciones de compra, como el precio, parámetros de calidad, lugar de entrega, inocuidad y plazo de entrega. Las mismas deberán estar basadas en principios de razonabilidad, proporcionalidad, conveniencia y eficiencia, y siempre se deberán garantizar precios razonables.
  • Esas condiciones deberán ser debidamente comunicadas al CNP, quien deberá atenderlas.

"Cuando el Consejo no pueda o cuando omita atender y cumplir las condiciones de compra solicitadas por la potencial institución compradora, esto hará que la misma quede facultada para satisfacer sus necesidades institucionales fuera del CNP, de manera total o parcial", indica la legisladora en el texto.

Límites

Los frijoles es uno de los productos que el CNP ha vendido con sobreprecios para los comedores estudiantiles (Archivo/CRH).

Los frijoles es uno de los productos que el CNP ha vendido con sobreprecios para los comedores estudiantiles (Archivo/CRH).

El proyecto también incluye una modificación al artículo 5 de la Ley Orgánica del CNP para limitar el margen de intermediación que utiliza la entidad.

León propone que el margen de intermediación al costo de operación y su cálculo deberá ser el resultado de una metodología técnica que será pública.

Sin embargo, de acuerdo con la iniciativa, el CNP deberá priorizar y favorecer los procesos de compra en los que no medie la figura de la intermediación, es decir, en los que el proveedor sea el mismo productor o empresa productora.

"Agotados esos proveedores, podrá establecer procesos de compra con intermediarios. Para ello, el
CNP tendrá que diseñar una metodología para garantizar que el proveedor sea también el productor del mismo bien o servicio que está ofreciendo al Consejo", reitera la diputada en el proyecto.

Solamente en casos excepcionales y por acuerdo razonado tomado por dos tercios o más del total de miembros de la Junta Directiva, el CNP podrá comprar a los intermediarios.

La legisladora presentó la iniciativa en momentos en que el CNP ha sido cuestionado por los sobreprecios de los paquetes de alimentos que le compran las juntas de educación y administrativas para los comedores estudiantiles.