Logo

Mujer debe reintegrar pensión a exnovio al que hizo creer que hija era suya

Discusión telefónica destapó secreto que madre ocultó por 16 años

Por Paulo Villalobos | 30 de Mar. 2023 | 6:40 pm

(CRHoy.com) El Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de San José ordenó a una mujer reintegrar la pensión que su exnovio canceló, luego de que le hiciera creer que era padre de una niña.

Mediante la resolución 542-2022, del 6 de setiembre de 2022, el juez Carlos Sánchez Miranda dispuso el reembolso después de que se descartara que el hombre fuese el padre biológico de la menor y que se acreditara en juicio que la madre mantuvo bajo engaño al sujeto por 16 años.

La sentencia, de la que CRHoy.com tiene copia, fue confirmada más de dos meses después en la resolución 1189-2022 del Tribunal de Familia de San José. Contra ese último fallo no se formuló recurso de casación, lo que derivó en la firmeza de la primera sentencia, confirmó la oficina de prensa de la Corte Suprema de Justicia ante consulta de este medio.

El caso en cuestión responde a un proceso especial de filiación en modalidad de impugnación de reconocimiento, formulado por un sujeto identificado con las iniciales GGS en contra de su expareja de siglas AUE, madre de una menor identificada con la letra L.

La demanda fue declarada parcialmente con lugar y en tal sentido, el decisor impuso ordenó anular el reconocimiento de la paternidad efectuado por GGS respecto a L, que en adelante llevará solo los apellidos de su progenitora. Sánchez Miranda rechazó los daños y perjuicios pretendidos por el accionante, y concedió el reintegro de los montos pagados por concepto de pensión alimentaria. Sin embargo, el total a reembolsar deberá determinarse en la etapa de ejecución de sentencia.

Para arribar a la resolución, el juzgador partió de que en el juicio se determinó que la mujer le informó en 2005 a quien era su novio que estaba embarazada y que era producto de su relación.

Asimismo, se aportó que en dictamen de paternidad realizado por el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) se excluyó a GGS como padre biológico de L.

"Bajo ese contexto es claro y evidente que la única persona que realmente tenía la información acerca de la posibilidad de que la bebé por nacer no fuere de su novio, era la señora AUE, por cuanto bajo las reglas de la ciencia, es claro que debió mantener un encuentro sexual con otro sujeto en la misma época del período de gestación, y a pesar de ello, la demandada le manifestó a don GGS que estaba embarazada y le aseguró que el bebé por nacer era suyo, lo cual ella no podía afirmar con certeza.

La misma debió informar al actor acerca de su embarazo y exponer la necesidad de hacer una prueba de paternidad, a fin de solventar la duda; sin embargo, prefirió guardar silencio por 16 años, y hacerle creer, no solo al actor, sino a su hija L, que GGS era su padre.

Para el suscrito juez es claro que existió mala fe de la parte demandada, por cuanto es la única persona que a ciencia cierta sabía: del todo la no paternidad del mismo, o la existencia de una duda, por ello no podía asegurarle nada, y por el contrario se demuestra la buena fe del actor, en el tanto creyó la información dada por su novia, ni siquiera sugirió una prueba de paternidad, él se alegró y participó en calidad de padre de la criatura", se menciona en la resolución.

El decisor apuntó que la consecuencia de aquel ocultamiento perpetró una mentira que salió a la luz 16 años después, en una discusión que tuvieron las partes por teléfono; momento en el cual la mujer le dice al hombre que L no era suya. Así lo hicieron ver al menos dos testigos.

"Resulta claro que hay afectación a la parte más débil, como lo es L, quien vino de la noche a la mañana, a enterarse que su papá no es su papá, y GGS, que si hija, no es su hija, GGS como adulto sanará sus heridas, pero es claro que L se vio y se verá afectada, tal como lo refirió su tía materna, que vino a declarar como testigo, y la única persona responsable de este quebranto filial, afectivo, es la señora AUE. Nadie más. Y debe hacerse responsable de sus actos", indicó Sánchez Miranda.

"Así las cosas, en vista que ha quedado demostrado el actor fue objeto de engaño por parte demandada a asegurarle una paternidad que resultó falsa, es que acoge la pretensión tendiente anular dicho reconocimiento", agregó.

De seguido, el juez rechazó el argumento explotado por la defensa de una aparente paternidad social (entendida como los comportamientos de un sujeto respecto a un mejor de edad tratado como hijo, a pesar de una verdad biológica contraria).

"En el caso de marras el comportamiento de padre del señor GGS, como un conjunto de derechos y obligaciones, lo hizo bajo la premisa de la información engañosa que su exnovia le había dado, asegurando su paternidad.

"No podría considerar entonces que aquel padre que actué como tal, comparta con sus hijos, los visite, le provea alimentos, los presente como tales ante su familia y sociedad, sea ello usado en su contra, cuando ese comportamiento se generó sobre la base de una mentira, de un engaño, de información falsa.

"Diferente fuere el caso que el padre a sabiendas que la criatura no es su hijo biológico, o que posteriormente se entere, se comporte como tal, allí si no podría estar sujeta esa condición de paternidad al arbitrio del progenitor, que a sabiendas que no era suyo, le dio tales atributos, y lo reconociera como tal", resalta el fallo.

La parte demandada alegó como evidencia de esa "paternidad social" que GGS, a pesar de saber el resultado de la primera prueba genética, se presentó tres días después a la graduación de L.

"Sin embargo, el suscrito interpreta ese hecho de manera diferente: el señor actor por los últimos 15 años de su vida había repuntado a L como hija, la trataba como hija, su familia la consideraba como su hija, compartía de fin de semana por medio y en fechas especiales, y enterarse tres días antes de la graduación de noveno año que su hija adolescente, no es tal, es claro que fue es una noticia impactante, que debe procesarse tanto a nivel mental como emocional, y no es algo repentino, por el contrario el padre optó por participar de ese significativo evento a pesar de que en sus adentros ya sabía que la joven no era su hija, la única razón de ese actuar es que GGS no quería arruinarle la graduación a su hija en una fecha especial, que la marcaría para toda su vida, tuviere el recuerdo de saber que su papá no se presentó porque se enteró que ese no es su papá. Ello evidencia, mas bien, la buena fe del actor en evitar esa afectación en ese fecha especial", concluye la resolución.

Comentarios
0 comentarios