Mipymes pagarán menos renta en enero: al filo de plazo se firmó ley

Diputados presionaron para que pudiera entrar en vigor en 2024

8 de Dic. 2023 | 11:12 am

Las nuevas micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes) pagarán menos por impuesto de la renta a partir de 2024. 

El Poder Ejecutivo ya firmó y envió para su publicación en el diario oficial La Gaceta un proyecto de ley, aprobado desde septiembre por los diputados, que permitirá bajar este impuesto para las nuevas MiPymes el próximo año

Se trata del proyecto de ley 23.138, el cual fue aprobado en segundo debate por el Congreso -por unanimidad- desde el pasado 28 de septiembre.

A pesar de que ya habían pasado más de 2 meses de esta aprobación, el presidente, Rodrigo Chaves Robles, no había firmado el plan para que este fuera publicado y entrara en vigor.

Este jueves CRHoy.com consultó a la Presidencia la razón por la cual tras más de 2 meses desde su aprobación, el Poder Ejecutivo no había sancionado el proyecto ya aprobado y las valoraciones que estaba haciendo al respecto. El Ejecutivo confirmó que justamente este jueves 7 de septiembre se procedió con el trámite.

"El Decreto Legislativo ya fue sancionado por el Poder Ejecutivo y se encuentra en proceso de publicación. Este jueves 07 de diciembre fue trasladado a la Imprenta Nacional para su debida publicación en el diario oficial La Gaceta", dijo el despacho de la ministra de Presidencia, Natalia Díaz Quintana.

¿Cómo será la rebaja?

Imagen ilustrativa (CRH)

La iniciativa reforma el inciso b) del artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley 7092.

Actualmente, las personas físicas y jurídicas que sean micro, pequeñas y medianas empresas debidamente inscritas ante los ministerios de Economía y Agricultura cuentan con una tarifa reducida del impuesto sobre utilidades durante los tres primeros años de su actividad.

Hoy, las Mipymes están totalmente exoneradas del impuesto sobre utilidades durante su primer año de operación, pagan una cuarta parte de la tarifa el segundo año y la mitad de la tarifa durante el tercer año.

La reforma establece ampliar el plazo a los seis primeros años de actividad, de la siguiente forma:

  • 0% del impuesto de renta el primer y segundo año de actividades comerciales
  • 25% del impuesto el tercer y cuarto año de actividades comerciales
  • 50% del impuesto el quinto y sexto año de actividades comerciales.

Según se dice en el texto del proyecto, este plan es necesario porque actualmente la tasa de mortalidad de los emprendimientos en el país en los primeros 3 años es de un 80%.

Según datos de la Dirección General de Pymes (DIGEPYME) un 97,4% del parque empresarial costarricense lo conforman micros, pequeñas y medianas empresas y su aporte porcentual al Producto Interno Bruto (PIB) es del 38,2% al 36,05%.

En las últimas semanas los diputados presionaron al Poder Ejecutivo con la firma de este plan, pues aseguran que es necesario como parte del proceso de reactivación económica.

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