Gobierno propone cambiar cálculo de tasas máximas de interés en créditos

Proyecto plantea sustituir el esquema actual por una metodología técnica que tome en cuenta el riesgo y los costos de cada tipo de crédito

20 de Ago. 2026 | 3:46 pm

El Gobierno propone cambiar la forma en que se determina cuánto pueden cobrar los prestamistas por los créditos, mediante un nuevo sistema de tasas máximas diferenciadas según el tipo de financiamiento.

La principal modificación consiste en sustituir el esquema actual por una Tasa Máxima Aplicable (TMA), que sería calculada mediante una metodología técnica y que podría variar dependiendo del tipo de crédito.

La iniciativa establece que la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) será la encargada de elaborar la metodología para calcular esas tasas.

El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) deberá aprobarla y, posteriormente, la SUGEF tendrá que publicar las tasas máximas resultantes.

¿Cómo se calcularían las nuevas tasas?

El proyecto establece varios elementos que obligatoriamente deberán tomarse en cuenta para determinar la TMA.

Entre ellos están:

  • El costo de los fondos para el oferente
  • Las pérdidas esperadas por créditos que no son pagados
  • Los costos de originación y administración del crédito
  • Los costos de cobranza.

Según la iniciativa, la  idea es que el límite máximo permita cubrir los costos y riesgos asociados con cada operación, pero que, al mismo tiempo, funcione como una barrera contra cobros considerados abusivos.

 

La propuesta señala que no todo financiamiento quedaría sometido a estas reglas. El proyecto excluye el denominado crédito comercial.

Otra de las modificaciones está relacionada con quiénes estarán bajo el radar de las autoridades. La iniciativa establece un registro obligatorio ante la Sugef para los oferentes habituales de crédito.

El proyecto también establece que el Banco Central de Costa Rica  y el Ministerio de Economía, Industria y Comercio  deberán administrar un sistema estandarizado de información que permita a los consumidores conocer y comparar las condiciones de los créditos.

Cobranza: máximo 5 % de la cuota en mora

La propuesta también fija un límite para los cargos por cobranza administrativa.

El monto no podrá superar el 5 % de la cuota que se encuentre en mora, solo podrá cobrarse una vez al mes y únicamente después de que hayan transcurrido cinco días desde el vencimiento.

El proyecto crea, además, un régimen de sanciones para los oferentes que incumplan las disposiciones.

Las multas irían desde 10 hasta 150 salarios base. La autoridad también podría ordenar la suspensión de operaciones entre uno y 90 días hábiles.

En los casos de reincidencia grave, se contempla la cancelación del registro y una inhabilitación de hasta cinco años.

La propuesta establece, además, que la Sugef deberá remitir al Ministerio Público los casos en que detecte cobros superiores a la tasa máxima que puedan constituir delitos relacionados con usura.

El cambio no sería inmediato

La aplicación del nuevo sistema tampoco comenzaría apenas se apruebe la ley.

El proyecto da hasta dos años al Conassif para aprobar la metodología inicial que determinará las nuevas tasas.

Después de aprobada, la Sugef tendrá seis meses para publicarla, y las nuevas tasas comenzarían a regir seis meses después de esa publicación.

En paralelo, la Sugef tendrá seis meses para reglamentar los requisitos de inscripción y los oferentes dispondrán de 12 meses para registrarse.

La propuesta fue presentada por la presidenta Laura Fernández el miércoles, como parte de las medidas anunciadas por su administración al cumplir 100 días en el poder.

El plan llegó a la Asamblea Legislativa mediante el proyecto de Ley para la Determinación de las Tasas Máximas de Interés Aplicables para las Operaciones de Crédito, expediente 25.728. El texto completo lo puede ver en este enlace 25728