Cliente perdió finca, plata y carros por mala asesoría de su abogado, quien tendrá que pagar
La víctima de una mala asesoría notarial que lo dejó sin un lote, sin carros y sin parte del dinero pactado por la venta de una finca solicitó el embargo de ₡96 millones contra el abogado responsable. La gestión cuenta con el aval del Tribunal Segundo Colegiado de Primera Instancia Civil de San José y fue remitida a distintas entidades bancarias.
Se trata de un notario de apellido Ruiz Gutiérrez, quien actualmente se desempeña como juez. Ingresó de forma interina el 3 de agosto de 2017 y, desde el 1.° de setiembre de 2020, ocupa en propiedad el cargo de juez 3 del Juzgado de Familia, Penal Juvenil, Violencia Doméstica y Protección Cautelar de Quepos.
Por su parte, la Inspección Judicial indicó que el funcionario no registra quejas disciplinarias en su contra.
El caso
El notario fue condenado a indemnizar a un cliente de apellido Vargas Arroyo, luego de que una deficiente asesoría durante la venta de una propiedad. Se trata de una sentencia dictada el 5 de febrero por la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, que revocó un fallo de primera instancia y declaró la responsabilidad civil del abogado.
En octubre de 2017, Vargas Arroyo acordó vender una finca ubicada en Alajuela a una sociedad anónima por $300.000. Como parte del pago, las partes pactaron la entrega de ₡35 millones en efectivo, dos lotes y tres vehículos de lujo: un Land Rover Range Rover Sport modelo 2010 y dos Lexus GX470 modelo 2014.
La compraventa quedó formalizada mediante una escritura pública elaborada por el notario de apellido Ruiz Gutiérrez. Una vez inscrita la finca a nombre de la sociedad compradora, esta constituyó una hipoteca sobre el inmueble para garantizar una línea de crédito rotativa por $404.206 ante una agencia de vehículos.
Sin embargo, Vargas Arroyo nunca recibió los tres automóviles prometidos ni el dinero equivalente a su valor. Al considerar que perdió la finca sin recibir el pago completo, demandó al notario por incumplir sus deberes profesionales.
La primera sentencia
En enero de 2021, el Tribunal Segundo Colegiado de Primera Instancia Civil rechazó la demanda.
Los jueces concluyeron que ni la agencia de vehículos ni el notario tenían responsabilidad en los hechos. Además, condenaron a Vargas Arroyo al pago de aproximadamente ₡33 millones por concepto de costas procesales.
Inconforme con esa decisión, el vendedor presentó un recurso de casación ante la Sala Primera. Según alegó, la escritura establecía originalmente que los vehículos serían traspasados al vendedor. No obstante, el notario incorporó anotaciones manuscritas al final del documento mediante las cuales eliminó esa palabra, dejando sin efecto esa obligación.
Al revisar el expediente, la Sala Primera detectó varias irregularidades. Los magistrados comprobaron que existían dos anotaciones manuscritas distintas y que únicamente la última estaba firmada. Además, concluyeron que no existía constancia clara de que el vendedor hubiera sido advertido sobre las consecuencias legales de eliminar la cláusula relacionada con el traspaso de los vehículos ni de que hubiera otorgado su consentimiento expreso para esa modificación.
¿Cuál es la función de un notario?
La Sala Primera recordó que un notario público no actúa únicamente como redactor de documentos, sino como un asesor jurídico imparcial y garante de la legalidad.
Durante el proceso, el notario sostuvo que se limitó a "consignar la voluntad manifestada" por las partes y que no podía responder por la decisión de eliminar la palabra "traspaso", pues, según afirmó, "la escritura habla por sí sola".
Los magistrados rechazaron ese argumento al considerar que evidenciaba una omisión en el deber de control de legalidad y de protección de los intereses de su cliente.
El fallo añade que, si el notario conocía que los vehículos no pertenecían a la sociedad compradora, tenía la obligación de advertir esa circunstancia al vendedor o, incluso, abstenerse de autorizar la escritura.
Defensa del sentenciado
CR Hoy intentó comunicarse con el sentenciado para conocer su versión de los hechos. Sin embargo, al cierre de esta publicación no había obtenido respuesta.
No obstante, este medio tuvo acceso a un escrito presentado por Ruiz Gutiérrez ante el Tribunal Segundo Colegiado de Primera Instancia Civil de San José, mediante el cual busca oponerse al cobro de los daños durante la etapa de ejecución de la sentencia.
En su defensa, el sentenciado alegó que el poder otorgado al abogado del afectado ya no tiene validez para esta etapa del proceso. Además, sostuvo que el demandante padece actualmente Alzheimer, enfermedad que —según su criterio— extingue automáticamente el poder conferido a su representante legal.
Asimismo, rechazó el pago de los daños patrimoniales y morales. Afirmó que el demandante sí recibió el pago completo por la venta de la finca mediante dinero en efectivo y el traspaso de dos lotes a personas allegadas, por lo que calificó la demanda como un intento de obtener un enriquecimiento ilícito.
Finalmente, solicitó al Tribunal que incorpore al proceso a la Dirección Nacional de Notariado, con el propósito de que el Fondo de Garantía Notarial asuma la responsabilidad por los daños atribuidos al ejercicio de la función notarial, hasta por un monto de ₡10 millones.
