Sala IV rechazó liberación a dueño de MECO porque defensor nunca apeló prisión preventiva

Al no apelar la medida solo se conoció el recurso de apelación del Ministerio Público

(CRHoy.com).- Magistrados de la Sala IV rechazaron en las últimas horas un recurso de Hábeas Corpus interpuesto por el abogado del dueño de constructora MECO, Carlos Cerdas, con la finalidad de atacar el acto a través del cual se ordenó la prisión preventiva por 4 meses (con posibilidad de prórroga) impuesta por el Tribunal Penal del II Circuito Judicial. 

En su justificación del rechazo, los magistrados le dicen al abogado recurrente, Erick Ramos, que no se puede pretender atacar el acto que ordenó la prisión preventiva para Carlos Cerdas, puesto que él, como abogado defensor, nunca apeló esa medida en la primera instancia, dejándole nuevamente a él, la responsabilidad de la situación actual de su cliente.

"En pleno cumplimiento de las Reglas de Tokio, el tutelado y su defensa técnica sí tuvieron la oportunidad de impugnar la medida cautelar de prisión preventiva, pero no se impugnó en el momento procesal oportuno este extremo de la resolución de las 13:30 horas de 26 de junio de 2021, dictada por el Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José. Al no apelar la medida precautoria principal, en alzada se conoció solamente el recurso de apelación del Ministerio Público, el cual versaba solamente sobre el carácter no idóneo de las medidas cautelares sustitutivas de la prisión preventiva (las cauciones incluidas). No procedía que el Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, se pronunciaría sobre aspectos no planteados, cuya apreciación e impugnación ya estaba precluida", citó la Sala en su respuesta.

Presunto esquema de corrupción

El 14 de junio de 2021, la Fiscalía y el OIJ detuvieron a Carlos Cerdas como uno de los imputados del caso conocido como "Cochinilla", una investigación por un supuesto esquema de corrupción relacionado a pago de sobornos por parte de empresarios a funcionarios públicos a cambio de beneficios contractuales en obra pública.

El 26 de junio, el Juzgado Penal de Hacienda del II Circuito Judicial en Goicoechea, ordenó 4 meses de prisión preventiva para Cerdas y la dueña de H. Solís, Mélida Solís Vargas.

Sin embargo, el juzgado hizo hincapié en que esa prisión preventiva podría ser subsanada por una caución real, fijada en $5 millones para Carlos Cerdas puntualmente, considerando su situación económica consolidada.

Es decir, el juzgado impuso 4 meses de prisión desde un inicio, pero podrían ser sustituidos por una caución real de $5 millones, a lo que, Cerdas y su abogado, no se opusieron, nunca presentaron apelación sobre esa medida porque en realidad beneficiaba al imputado para no ir a la cárcel mientras avanza el proceso.

Sin embargo, la Fiscalía interpuso un recurso de apelación sobre esa medida alternativa (la caución real) y pidió que se anulara y que Cerdas -así como Mélida Solís- debían cumplir con los 4 meses de cárcel.

En etapa de apelación, el Tribunal Penal del II Circuito Judicial, acogió, en el marco de sus facultades, la apelación de la Fiscalía y ordenó que Cerdas cumpliera los 4 meses de prisión y dejó sin posibilidades de medida alterna a los imputados. 

Por esa negativa de apelación, la Sala IV le reitera a Erick Ramos, que su representado está en prisión, porque él nunca apeló la primera resolución del juzgado.