Rodrigo Chaves rechazó recurso que pretendía frenar recorte de ₡23.722 millones al Poder Judicial
El ministro de Hacienda, Rodrigo Chaves, rechazó un recurso de revocatoria interpuesto por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre, con el cual buscaba echar atrás el recorte de ₡23.722 millones que el Gobierno pretende aplicar este mismo año mediante una modificación al presupuesto del sector público que enviará al Congreso para su aprobación.
Chaves calificó el recurso como improcedente, al considerar que no existe un acto administrativo apelable, debido a que la modificación del presupuesto aún no se ha concretado, pues no ha sido aprobada por la Asamblea Legislativa y, por ende, no tiene efectos jurídicos.
Además, rechazó la solicitud de una medida cautelar provisionalísima en sede administrativa. El jerarca judicial había solicitado suspender de forma inmediata los efectos y la aplicación de esta instrucción de recorte impulsada por el Gobierno.
La acción legal administrativa presentada por Aguirre pretendía frenar de manera inmediata un recorte presupuestario unilateral y evitar que fuera incluido en el proyecto de ley del II Presupuesto Extraordinario, que será remitido al Congreso.
También buscaba impedir el congelamiento de recursos o afectaciones a la liquidez y a los giros del Poder Judicial. Chaves replicó que el documento impugnado es únicamente la comunicación de una propuesta de ajuste técnico que Hacienda planea incorporar a un proyecto de ley.
La decisión final y definitiva sobre dicha propuesta corresponde exclusivamente a la Asamblea Legislativa, por lo que la vía natural para presentar reparos es el trámite legislativo y no la vía recursiva administrativa.
Además, consideró que se trata de un acto preparatorio y que el oficio que incluye la reducción de recursos se dictó dentro de un procedimiento especial de rango constitucional para la formulación de una iniciativa de ley presupuestaria, por lo cual no es impugnable.
Al tratarse de una actuación de carácter preparatorio, esta no ha producido ninguna modificación presupuestaria ni efectos jurídicos, lo que significa que no existe un objeto real sobre el cual se pueda determinar su validez o invalidez.
Según Hacienda, por su estructura y formulación, la medida solicitada corresponde a la tutela cautelar propia de un proceso de carácter jurisdiccional. Por lo tanto, su otorgamiento no corresponde al despacho del ministro Chaves, ya que este no ejerce funciones jurisdiccionales.
El presidente judicial solicitó que, en caso de rechazar sus argumentos, se planteara un conflicto constitucional establecido en el artículo 177 de la Constitución Política y que este fuera remitido a la presidenta Laura Fernández para su resolución. Sin embargo, Chaves no se refirió a ese aspecto en su resolución.
