Proyecto de ley que plantea subsidio en viviendas para víctimas de violencia afecta al Poder Judicial
Magistrados recalcaron la importancia del proyecto
Durante la sesión de Corte Plena de este lunes, la magistrada Patricia Vargas González presentó un informe sobre el expediente legislativo N.º 23.604, que plantea reformas a la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del Banco Hipotecario de la Vivienda (BANHVI).
La propuesta busca modificar varios artículos del capítulo de subsidios para vivienda con el objetivo de incluir a mujeres que enfrentan situaciones de violencia de género y necesitan cambiar de residencia para garantizar su seguridad y la de sus familias.
Vargas González explicó que el nuevo texto, aunque ya había sido consultado previamente en la Corte y presenta pocas variaciones respecto a versiones anteriores, ahora establece una relación directa con el Poder Judicial en su artículo 51.
ARTÍCULO 51- Serán elegibles para recibir el beneficio del fondo, las familias, las personas con discapacidad con o sin núcleo familiar, las parejas jóvenes y las personas adultas mayores sin núcleo familiar que no tengan vivienda o que, teniéndola, dichas viviendas requieran reparaciones o ampliaciones; así como las mujeres que sufran situaciones de violencia de género y requieran cambiar su residencia para enfrentarlas. Asimismo, sus ingresos mensuales no deberán exceder el máximo de seis veces el salario mínimo de una persona obrera no especializada de la industria de la construcción.
La condición de personas adultas mayores sin núcleo familiar y de personas con discapacidad sin núcleo familiar deberán ser certificadas por el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM) y por el Consejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE), respectivamente.
Para efectos de la presente Ley, se entenderá por personas con discapacidad lo establecido en las siguientes leyes: Ley N.º 7600, Ley de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad, de 29 de mayo de 1996, y, por parejas jóvenes lo establecido en la Ley N.º 8261, Ley General de la Persona Joven, de 20 de mayo de 2002 y la Ley N.º 5476, Código de Familia, de 21 de diciembre de 1973.
En el caso de las mujeres que sufren violencia de género y requieren cambiar su residencia, esa condición será acreditada por un dictamen técnico emitido por el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU). Igualmente, cuando el caso se encuentre en la vía judicial, dicha condición podrá acreditarse mediante un informe emitido por el Departamento de Trabajo Social y Psicología del Poder Judicial, por la Oficina de Atención y Protección a la Víctima del Delito (OAPVD) del Ministerio Público o por la persona juzgadora que tramita el caso.
Según detalló la alta jueza, el proyecto plantea que las condiciones de las víctimas se acrediten mediante informes emitidos por oficinas del Poder Judicial, el Ministerio Público o por el juez que tramite el caso, lo cual representa una afectación en la organización institucional. Esta preocupación también fue señalada por el Departamento de Trabajo Social y Psicología (PJ) y la Oficina de Atención y Protección a la Víctima del Delito (MP), que serían los encargados de emitir dichos informes.
La magistrada advirtió que estos departamentos ya se encuentran "absolutamente saturados" de trabajo y que sus recursos son insuficientes para asumir nuevas obligaciones. En algunos casos, incluso, se ha tenido que recurrir a peritos externos para cumplir con los procesos actuales.
Asimismo, alertó que la propuesta compromete la confidencialidad del trabajo con las víctimas, ya que requeriría enviar dictámenes a una institución bancaria, lo cual podría poner en riesgo su seguridad. Señaló que, en todo caso, solo se podría indicar que una persona está bajo un proceso judicial, sin revelar mayores detalles.
Pese a las observaciones, Vargas González recalcó que el proyecto "se entiende como positivo" y llamó a la Asamblea Legislativa a considerar las recomendaciones para su mejora.
La magistrada Roxana Chacón también intervino para respaldar la necesidad del proyecto, aunque reconoció que actualmente "no se pueden suplir" las nuevas demandas que plantea.
El proyecto de ley, denominado "Reforma a los artículos 46, 51, 52, 54, 55 y 56 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del BANHVI, Ley N° 7052 de 13 de noviembre de 1986 y sus reformas. Ley para resguardar el derecho a la vivienda de las mujeres que sufren violencia de género", fue publicado el 20 de abril de 2023 y presentado por los diputados Rocío Alfaro, Johnatan Acuña, Priscilla Vindas, Antonio Ortega, Sofía Guillén y Ariel Robles.

