Privilegios eliminados por Sala IV en Bancrédito subsisten en al menos 13 entidades más
Compromisos incluyen desde garantizar espacios para realizar encuentros deportivos hasta pagar por el alquiler de árbitros y el pago de premios
Tres de los privilegios eliminados por la Sala Constitucional que figuraban dentro de la convención colectiva del Banco Crédito Agrícola de Cartago (Bancrédito) se encuentran vigentes en al menos 13 entidades más del Estado.
Así se desprende de un análisis a las 25 convenciones colectivas vigentes para entidades del gobierno central e instituciones descentralizadas, excluyendo municipalidades.
Se trata de tres beneficios específicos que premian o compensan a los trabajadores ante situaciones particulares.
El primer beneficio se otorga ante el fallecimiento del trabajador o algún familiar en primer y segundo grado de consanguinidad, para lo cual la entidad paga un subsidio para hacer frente a los gastos funerarios.
En este apartado se encuentran un total de 13 entidades, a saber tres bancos, cuatro instituciones educativas y las restantes instituciones descentralizadas.
El segundo beneficio tiene que ver con el pago por parte del ente estatal de actividades sociales y deportivas.
Un total de nueve entes mantienen este tipo de beneficios, entre ellos tres bancos comerciales, el Banco Central y una institución educativa: la Universidad de Costa Rica.
El tercer beneficio es el pago de eventos de fin de año conmemorativos con los festejos de esta época. De las 25 convenciones colectivas vigentes solo una hace referencia directa a este privilegio.
De acuerdo con la resolución número 2018-8882 de las 16:30 hrs. del 05 de junio, la Sala IV encontró problemas de constitucionalidad y decidió anular los artículos de la convención colectiva de Bancrédito que hacía referencia a estos beneficios. También redujo de 20 a 12 años el tope máximo de cesantía.
Esto deja la puerta abierta para que en futuros recursos de amparo los magistrados hagan lo mismo en las demás entidades, aspecto que no deja de preocupar al sector trabajador.
"Este fallo es eminentemente político e ideológico, la Sala IV se apuntó a la agresión al empleo público y actúa de alguna manera subjetiva… es un fallo gravísimo, potenciador del conflicto social en desarrollo e indudablemente se concatena con la molestia que hay por el combo fiscal y por los recortes salariales. La Sala IV le echa más gasolina a un incendio social que sigue creciendo", afirmó el secretario general de la Asociación Nacional de Empleados Públicos (ANEP), Albino Vargas.
Beneficios dispares
Los beneficios que reciben los empleados públicos son tan dispares que varían en millones de colones entre un caso y otro.
Por ejemplo, en el caso de los beneficios funerarios, una de las convenciones colectivas que ofrece un subsidio de los más bajos es la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL)", que otorga "hasta" ₡27.800 por el fallecimiento del trabajador, su cónyuge o hijos y "hasta" ₡22.300 si quien fallece es el padre o madre del empleado.
La cifra dista mucho de lo que ocurre en otras entidades, especialmente las bancarias. La que más dinero ofrece por este caso es el Banco Nacional de Costa Rica que otorga a los familiares ₡7 millones en caso de muerte de empleado, ₡400 mil si quien fallece es el cónyuge o hijos, y ₡300 mil si son los padres.
De la misma forma no existe uniformidad respecto a los cálculos. En algunos casos como el Instituto Nacional de Seguros, el Banco de Costa Rica o Japdeva, la cifra está expresada en montos económicos exactos.
En otras; sin embargo, se calculan con base en el salario de un oficinista 1 del Servicio Civil, el salario mínimo legal en Costa Rica o incluso como porcentaje ligado a aportes del trabajador, como ocurre en el Instituto Tecnológico de Costa Rica (ITCR), en donde se otorga el equivalente al 50% de la cuota de socorro mutuo que paga cada trabajador, según sus ingresos.
Estas diferencias obedecen a que cada entidad negocia por separado su convención colectiva, de modo que los montos pueden ser mayores o menores en cada caso.
Similar situación ocurre en el caso del segundo beneficio, en donde al menos nueves entidades se han comprometido a colaborar de alguna forma con la organización y financiamiento de actividades sociales y deportivas.
Esto involucra desde el alquiler de equipos y canchas, hasta el pago por el arbitraje, entrenamiento, transporte, premios uniformes, alimentación, obras de teatro, bailes, entre otros, tal y como ocurre en el Banco Popular.
Del total de 25 convenciones colectivas vigentes, existen al menos nueve que se encuentran denunciadas. Este es un proceso administrativo necesario para poder comenzar a renegociarlas, en la cual el jerarca de la entidad "denuncia" su interés de cambiar los parámetros y se conforma posteriormente un grupo de negociación antes de que pueda ser homologada por el ministerio de Trabajo.
En esta situación se encuentran las convenciones del Sistema Nacional de Radio y Televisión (Sinart), Bancrédito, el INS, la Imprenta Nacional, Banco Nacional, Ministerio de Trabajo, el INDER, el AyA, la CNFL, y Correos de Costa Rica.
Adicionalmente, este año vencen otras seis convenciones colectivas: Infocoop, la UCR que ya se encuentra en revisión, Japdeva, Registro Nacional, AyA e Inamu.
