Municipalidad de Nicoya no podrá seguir pagando auxilio de cesantía hasta los 20 años
(CRHoy.com)- La Sala Constitucional declaró con lugar una acción presentada contra la convención colectiva de la municipalidad de Nicoya que le permitía a la entidad pagar a sus empleados hasta 20 años de auxilio de cesantía, aun cuando los funcionarios renunciaban o se pensionaban.
El auxilio de cesantía es un derecho al que el trabajador puede acceder siempre y cuando sea despedido de su trabajo con responsabilidad patronal, según determina la legislación y amplias sentencias de la Sala IV. Dicho pago tiene un tope de 8 años para el sector privado y de 12 años en el sector público, según se actualizó con la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
Sin embargo, gran cantidad de entidades se han brincado esta disposición por medio de sus convenciones colectivas, avalando dicho pago incluso si el funcionario no fue despedido y por montos mucho más elevados a los 12 años, como el caso de la Municipalidad de Nicoya.
En este caso particular, la Sala determinó que el Gobierno local no puede volver a pagar más de 12 años de tope de cesantía a un empleado.
En este mismo fallo, la Sala determinó que la municipalidad sí puede pagar a un funcionario la indemnización de cesantía si existe previamente una declaratoria de invalidez o de incapacidad permanente, por parte de las autoridades de la Caja Costarricense de Seguro Social o del respectivo asegurador de Riesgos del Trabajo.
Además, la Sala indicó que también se debe pagar el auxilio de cesantía cuando el empleado o empleada es víctima de hostigamiento sexual o psicológico" siempre y cuando se entienda que este ha sido declarado conforme a la normativa correspondiente.
La Sala también avaló el pago de la indemnización a quienes se pensionen, pero con el tope de los 12 años máximo.