Ministra de Salud hizo consulta a Procuraduría con los requisitos incompletos
Procurador aseguró que por ser un tema trascendente, abordaron la solicitud

Joselyn Chacón, ministra de Salud (Asamblea Legislativa)
(CRHoy.com).-La solicitud de criterio hecha por la ministra de Salud, Joselyn Chacón Madrigal, ante la Procuraduría General de la República (PGR) fue deficiente y no cumplió con los requisitos necesarios.
De todas maneras, el procurador Julio César Mesén Montoya, encargado de redactar la respuesta al órgano rector en Salud, le recalcó que dada la trascendencia del tema, "hemos decidido abordar la consulta de manera general".
Mesén señaló que en lo que concierne al criterio legal que debe adjuntarse a la consulta, manifestaron con anterioridad que debe tratarse de un estudio elaborado específicamente para responder los cuestionamientos que luego van a ser planteados a la Procuraduría.
Por ello, el criterio legal que se remita no podría consistir en cualquier informe legal que, aunque relacionado con el tema consultado, no haya sido emitido con la finalidad de servir de base para la consulta.
"En este caso, las preguntas que se responden en los criterios legales que se nos enviaron junto con la gestión consultiva no coinciden con las interrogantes formuladas en la consulta".
"Ello evidencia que no se trata de un estudio elaborado específicamente para cumplir el requisito previsto en el artículo 4 de nuestra Ley Orgánica", comentó el procurador.
Criterio
La ministra, en el documento MS-DM-RM-4197-2022 del 5 de agosto y que fue recibido el 8 de agosto por la PGR, manifestó la necesidad de "derogar los tres decretos relacionados con la obligatoriedad de la vacuna contra el COVID-19 por razones técnico-jurídicas y no epidemiológicas".
La jerarca y el presidente de la República argumentaron que los acuerdos del comité científico no eran legales, porque fueron tomados en sesiones en los que dos integrantes contaban con el nombramiento vencido.
"(…) los acuerdos adoptados por ese órgano colegiado presentan vicios de nulidad, pues dicho órgano no contaba, al momento de tomar esas decisiones, con el ‘quorum' integral, debido a que los nombramientos de algunos de sus miembros se encontraban vencidos"
"Por ese motivo, sostiene que los decretos ejecutivos relacionados con la vacunación obligatoria carecerían de sustento técnico", reza la solicitud hecha por la titular.
En su rol como abogacía del Estado, la PGR, respondió ante la solicitud del ministerio que no es posible afirmar que los problemas de investidura de alguno de los integrantes de un órgano colegiado del sector público impliquen, necesariamente, la invalidez de todos los acuerdos.
"Por el contrario, razones de interés público y de seguridad jurídica, justifican reputar esos actos como válidos, siempre que concurran los requisitos dispuestos para ello en el ordenamiento jurídico", señaló el procurador.
"Para declarar la invalidez de los acuerdos de un órgano colegiado por problemas de investidura de alguno de sus integrantes, es necesario demostrar que la ausencia o la irregularidad de esa investidura había sido ya declarada administrativa o jurisdiccionalmente o que la conducta no se desarrolló en forma pública, pacífica, continua y normalmente acomodada a derecho, como lo exige el artículo 115 de la LGAP", agregó.
Mesén también recalcó que, al ser la CNVE un órgano máximamente desconcentrado del Ministerio de Salud, corresponde a esa misma Comisión, -una vez que se encuentre integrada debidamente-, definir si existe algún motivo que impida aplicar la figura del funcionario de hecho ante los problemas de investidura de alguno de sus miembros.
"En caso de ser necesario, sería también esa Comisión la legitimada para declarar la nulidad de sus actos, según lo dispuesto en el artículo 180 de la LGAP", concluyó.