Fiscalía General investiga a ministro de Seguridad por presunto delito al emitir orden de desalojo
(CRHoy.com) La Fiscalía General de la República confirmó que tiene bajo investigación una denuncia contra el ministro de Seguridad, Michael Soto, por la presunta comisión del delito de prevaricato.El Ministerio Público indaga si el jerarca firmó el desalojo de tres propiedades en Pozos de Santa Ana de una empresa gasera, sin apegarse a la ley, o bien abusando de su poder, según se lee en el documento judicial al que CRHoy.com tuvo acceso.
El caso se estudia bajo expediente 22-000034-0033-PE, luego de que se interpusiera una queja formal por parte del empresario José Guillermo Herrera Hernández, dueño de esas fincas y de la Distribuidora de Gases S.A.
Ante consulta de este medio, el Ministerio Público respondió lo siguiente:
En respuesta a su primera consulta, la Fiscalía General confirmó que, el pasado 19 de abril, se recibió una denuncia contra el señor Soto Rojas, por el presunto delito de prevaricato. A la misma se le asignó el número de expediente 22-000034-0033-PE.
Según los hechos denunciados, tienen relación con una orden de desalojo administrativo que, al parecer, habría sido emitida por Soto. Sin embargo, de momento, es todo lo que se puede indicar, debido a que el caso está en una fase que es privada, según el artículo 295 del Código Procesal Penal
Herrera explicó ante los funcionarios judiciales que el pasado 22 de marzo fue notificado sobre el desalojo de las propiedades, sin embargo, alega que el proceso fue ilegal, pues ya era de conocimiento del Ministerio de Seguridad Pública desde el año pasado, que el litigio por esos terrenos aún está sin resolver, debido a que existen dos causas que siguen en espera, una en el ámbito penal y otra en el contencioso-administrativo.
Pese a que el empresario advirtió mediante una carta el año pasado sobre la existencia de esas causas abiertas, el ministro firmó el desalojo, por lo que a criterio del denunciante, Soto lo hizo "en su condición de Ministro de Seguridad Pública de Costa Rica, aprovechándose de su investidura de ministro".
Por esa razón, el empresario calificó el actuar del jerarca como una "contraria a la ley y totalmente arbitraria, incumpliendo con sus deberes y en un total abuso de autoridad", pues a su criterio ejecutó la orden "de forma deliberada, dictando una resolución totalmente infundada, injusta y a todas luces ilegal".
En la queja formulada ante la Fiscalía, el agraviado asegura que ese desalojo debió esperar a que se resolvieran los litigios expuestos para poder emitir luego una resolución sobre el desahucio administrativo de las fincas.
Para darle sustento a la denuncia, Herrera aportó prueba documental, entre otras cosas, la personería jurídica de las entidades ofendidas, el expediente penal 20-000330-1220-PE para demostrar que existe un proceso abierto y el expediente contencioso-administrativo 21-003871-1027-CA, para de la misma manera evidenciar que hay una causa sin resolver todavía en esa instancia.
CRHoy.com consultó al Poder Judicial sobre el estado en que se encuentra el proceso contencioso, indicaron que "tiene audiencia preliminar señalada para el 21 de junio de 2022", es decir, aún no hay una resolución definitiva.
Añadieron que este corresponde a un proceso de conocimiento de Alizes Real State Corporatión S.A., Distribuidora de Gases Herrera S.A., Epsilone Corp S.A., Les Nimpheas S.A. y José Guillermo del Socorro Herrera Hernández, quien forma parte de las juntas directivas de las mencionadas.
El caso se lleva contra Banco Improsa S.A., Dagoberto Danilo Araya Solís, el Estado y Fiduciaria Castro Garnier S.A.
Cabe destacar que al tratarse de una disputa contra el Estado, el empresario se valió de ese dato para señalar que el ministerio no podía ejecutar la orden de desalojo, pues al pertenecer al Estado, se estaría convirtiendo en juez y parte del proceso, lo que a su parecer es un acto ilegal.
Solicitud de inhibitoria y abstención de desalojo
Incluso para evitar que esto pasara, el denunciante previamente había enviado un escrito a Soto solicitándole que se inhibiera de interceder en el proceso y se abstuviera de firmar el desalojo.
La carta, que tiene sello de recibido del 2o de setiembre del 2021, destaca ocho justificaciones con las que Herrera explica las razones para que no se ejecutara la acción en su contra.
En la misiva, Herrera le confirma al jerarca que se tramita un desahucio administrativo en su contra bajo expediente 2020-949, el cual derivó un proceso ordinario en el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, en el que se discute el derecho de propiedad sobre las propiedades en cuestión.
En este último se discuten medidas relacionadas con el derecho de posesión y permanencia de Herrera, por lo que no era legal tramitar un proceso de desalojo sin que existiera una resolución final de apelación.
"Lo anterior se hace de conocimiento del Ministerio de Seguridad para que tome las medidas respectivas y evite cualquier lesividad en contra del suscrito que pueda acarrear responsabilidad personal a los funcionarios y civil/administrativa de la institución.
En este mismo orden de ideas, siendo que el Ministerio de Seguridad se encuentra demandado en el proceso contencioso-administrativo, no puede ser juez y parte en la resolución de este asunto en sede administrativa y debe inhibirse de conocerlo hasta que la autoridad jurisdiccional resuelva", reza el texto.
Este último argumento lo hacen basados en que el ministerio fue debidamente notificado de este proceso contencioso-administrativo desde el 29 de julio del 2021 y posteriormente el 9 de setiembre de 2021, el despacho contestó la demanda, convirtiéndose así en parte accionada en dicho juicio.
"Estamos frente a un delito de prevaricato por acción, ya que el servidor público, en este caso, cae en la figura del ministro de Seguridad Pública, quien actuó de forma voluntaria y arbitraria profiriendo una resolución que va contraria a la ley y aunque sabía que era así, no le importó y la realizó y como consecuencia me causó un grave daño irreparable", señaló Herrera en su queja.
[accordionset][accordionx heading='Artículo 357 del Código Penal: Prevaricato ‘]Se impondrá prisión de dos a seis años al funcionario judicial o administrativo que dictare resoluciones contrarias a la ley o las fundare en hechos falsos. Si se tratare de una sentencia condenatoria en causa criminal, la pena será de tres a quince años de prisión.[/accordionx][/accordionset]
Consultado sobre el tema, mediante su oficina de prensa, Soto indicó que aún no ha sido notificado sobre esta causa, por lo que desconoce detalles de la denuncia.

