Fernández decreta “Secreto de Estado” para toda la información de la DIS y la “Fuerza Élite”

10 de Ago. 2026 | 9:20 am
Laura Fernández, presidenta de la República.

Laura Fernández, presidenta de la República.

La presidenta de la República, Laura Fernández, declaró secreto de Estado la información, los documentos, presupuestos, planes operativos y contratos de compras públicas relacionados con la seguridad nacional y la lucha contra el crimen organizado en el país. Con esta medida, se restringe el acceso público a esos datos.

La disposición abarca particularmente la información relacionada con el Consejo Nacional de Seguridad Pública, la Dirección de Inteligencia y Seguridad Nacional (DIS) y el grupo de trabajo gubernamental denominado "Fuerza Élite".

La "Fuerza Élite" está conformada por Geraldo Campos, ministro de Justicia; Gabriel Aguilar, ministro de Justicia y Paz; Pablo Martínez, director de la DIS; Arnold Zamora, ministro de Comunicación; directores de todos los cuerpos policiales del Poder Ejecutivo y la presidenta Fernández.

También aplica para cualquier coordinación o articulación que dirija la Presidencia de la República en materia de seguridad y defensa del Estado, incluido el reglamento de protección de jerarcas y dignatarios del Poder Ejecutivo.

El decreto se publicó este lunes en el Diario Oficial La Gaceta, aunque fue firmado el 27 de julio de este año.

¿Qué información se restringe?

El decreto establece restricciones sobre diferentes tipos de información relacionada con las operaciones de seguridad:

  • Tácticas y dinámicas policiales: las formas de operación de la delincuencia organizada, las dinámicas de prospección y despliegue policial, las capacidades operativas, los procedimientos especiales, los planes de respuesta, los protocolos de intervención, los recursos tecnológicos y los mecanismos de inteligencia.
  • Documentación interna: las sesiones, reuniones, grabaciones, acuerdos concretos, bitácoras y presentaciones sobre estrategias de las entidades involucradas.
  • Finanzas e inversiones: los planes presupuestarios, partidas y rubros de inversión económica destinados a la seguridad y defensa del país.
  • Contratación pública: la totalidad de los expedientes administrativos de compras públicas, incluidos estudios previos, requerimientos técnicos, ofertas, adjudicaciones, financiamiento y fases de ejecución contractual, promovidos para estos órganos o en su beneficio.

El decreto protege esta información independientemente de si los contratos se celebran con entidades públicas del Estado, consorcios o empresas privadas, nacionales o extranjeras.

¿Cómo se justifica?

La Presidencia de la República y el Ministerio de Seguridad Pública (MSP) argumentan que la medida responde al contexto nacional y al marco constitucional.

Según la justificación, el avance de la criminalidad expone al país al tráfico de drogas, el lavado de dinero, la trata de personas, el sicariato y el crimen organizado. Esta situación genera un aumento de los homicidios y exige una planificación estratégica basada en inteligencia.

Además, las autoridades sostienen que revelar esta información permitiría a los grupos criminales identificar debilidades del Estado, evadir controles y generar amenazas contra la seguridad pública. También podría comprometer operaciones tácticas y poner en riesgo la vida de los funcionarios y sus familias.

¿A quiénes se aplica?

El texto establece que el deber de estricto silencio se aplica a jerarcas, miembros de cuerpos policiales, personal de apoyo, asesores técnicos o legales y cualquier funcionario público que participe de manera permanente u ocasional en estas labores.

Además, los consultores, asesores y contratistas privados que presten servicios técnicos o profesionales deberán firmar obligatoriamente una cláusula de sometimiento al secreto de Estado.

La obligación de confidencialidad se mantiene de forma indefinida, incluso después de que finalice la relación laboral o contractual con el Estado.

El incumplimiento de esta reserva podrá dar lugar a las sanciones penales correspondientes por el delito de quebrantamiento de secreto de Estado, según la legislación costarricense. En el caso de contratistas, también podrá provocar la resolución inmediata del contrato sin responsabilidad para el Estado.

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