Desestiman 19 cargos contra Randall Zúñiga, pero cinco faltas llegan a la Corte
El Tribunal de la Inspección Judicial decidió elevar a la Corte Suprema de Justicia cinco cargos contra el exdirector del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), Randall Zúñiga, mientras que optó por desestimar la mayoría de los señalamientos: 19 fueron archivados.
Se trata de un expediente disciplinario que se abrió luego de una serie de reportajes en los que se señalaban supuestas indiscreciones e intercambios de información sobre casos que estaban bajo investigación. Esta fue la primera investigación administrativa que se abrió contra el exjefe policial cuando estalló, hace un año, la polémica que lo envolvió.
No obstante, se descartó que emitiera comentarios despectivos o que revelara detalles de casos de femicidio como los de Nadia Peraza o Rashab García. La causa que la Inspección Judicial resolvió el pasado viernes es distinta de la que provocó su despido en mayo pasado. Este es el historial de Zúñiga:
- Primera causa: abierta tras reportajes de medio televisivo sobre supuestas filtraciones de información e incorrecciones. Recién resuelta por la Inspección Judicial y elevada a la Corte Plena, que deberá tomar una decisión.
- Segunda causa: abierta a raíz de lo encontrado en sus teléfonos celulares decomisados por una causa penal. Fue resuelta por la Corte Plena en mayo pasado con la destitución oficial del cargo y la decisión fue impugnada ante un tribunal contencioso-administrativo.
¿Qué responsabilizó y qué pide la Inspección?
Por tratarse de un alto jerarca, la Inspección Judicial no actuó como un tribunal interno encargado de resolver todo el proceso y emitir una sanción, sino como órgano instructor. Es decir, se encargó únicamente de la investigación y propuso a la Corte declarar con lugar la causa administrativa por cinco cargos.
Sin embargo, se abstuvo de emitir un criterio o una recomendación sobre la sanción y reservó esa decisión exclusivamente a los magistrados.
En la investigación, el Tribunal declaró con verdad algunos hechos relacionados con el hecho de que Zúñiga conoció a las denunciantes mediante Facebook o TikTok y mantuvo conversaciones con ellas por WhatsApp. También analizó aspectos logísticos, como el uso de un vehículo para trasladarse a un encuentro.
Entre las cinco faltas que se le atribuyen figura haber hablado, aparentemente, sobre un doble asesinato ocurrido el 24 de diciembre de 2024 con una de las involucradas. La defensa alegó que la noticia ya circulaba en chats de sucesos y que Zúñiga únicamente reenvió la información que conocía.
La Inspección también consideró que hubo un adelanto indebido de información sobre un operativo contra el crimen organizado en enero de 2025. Según la investigación, Zúñiga le comunicó a una de las mujeres que habría un "allanamiento grande" en el que él participaría, aunque su abogado refutó esa conclusión y sostuvo que no brindó detalles específicos del caso.
El tercer hecho declarado con lugar ocurrió en marzo de 2025. Mientras oficiales del Servicio Especial de Respuesta Táctica (SERT) realizaban un allanamiento en el establecimiento Los Junitos, en Limón, Zúñiga habría enviado dos fotografías operativas del exterior del local y otra en la que aparecían oficiales tácticos armados en formación, acompañadas de un mensaje. La defensa alegó que el ingreso táctico ya había concluido y que la oficina de prensa había emitido un comunicado.
El cuarto cargo que se mantiene es que, aparentemente, compartió dos fotografías de la escena de un triple homicidio ocurrido en Tirrases a mediados del año pasado. Las imágenes tenían marcadores del OIJ.
El quinto señalamiento corresponde al supuesto envío de una conversación privada que Zúñiga mantuvo con Róger Mata, director del Despacho de la Presidencia de la Corte.
En esa conversación se discutieron asuntos de alta sensibilidad institucional, como un supuesto acercamiento político del entonces mandatario Rodrigo Chaves con las jefaturas del Poder Judicial para que "se fumaran la pipa de la paz", así como la postura del fiscal general al respecto.
Inicialmente, la defensa se abstuvo de responder sobre el fondo de este señalamiento, pues argumentó que se sustentaba en material probatorio obtenido mediante una violación del derecho a la intimidad y del secreto de las comunicaciones. Por ello, solicitó excluir esas pruebas.
Además, alegó que existían inconsistencias en las horas registradas en las capturas de pantalla de los mensajes y que el supuesto acercamiento político al que hacía referencia la conversación —"fumar la pipa de la paz"— había sido desmentido públicamente por el propio Chaves.
Con base en estos elementos, la Inspección concluyó que se incumplieron deberes y se irrespetó el secreto de las investigaciones, así como las obligaciones de sigilo, confidencialidad, reserva y discreción. Según la resolución, esas conductas también afectaron la imagen del Poder Judicial.
¿De qué lo exculparon?
El Tribunal de la Inspección Judicial recomendó declarar sin lugar la mayoría de los cargos contra Zúñiga, al considerar que las pruebas eran insuficientes o que los hechos no constituían una revelación de información confidencial.
Se desestimó el señalamiento de que hubiera suministrado información sensible o realizado comentarios despectivos sobre el femicidio de Kimberly Araya o el homicidio de Julieta Fernández durante un viaje al Jardín Botánico Lankester. Según la resolución, no había pruebas más allá de las declaraciones difundidas por Canal 38.
También se declaró sin lugar el señalamiento de que hubiera cometido una falta al informar sobre su participación en el programa televisivo 7 Días, mencionar que conversaba con diputados del Partido Liberal Progresista o enviar una fotografía desde la Asamblea Legislativa. La Inspección consideró que se trataba de actividades públicas o de carácter general, sin contenido reservado.
Tampoco se probaron las acusaciones de que Zúñiga le hubiera mostrado un video del femicidio de Nadia Peraza o imágenes de los cuerpos de las víctimas del caso del bar Dudes, en Heredia. Asimismo, no se acreditó que hubiera adelantado información sobre el allanamiento relacionado con Marta Esquivel, expresidenta de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), detenida en el caso Barrenador.
Finalmente, se desestimaron los señalamientos de que el exdirector del OIJ hubiera sostenido una llamada con el fiscal general en presencia de una de las denunciantes, revelado datos confidenciales sobre una cena en la Embajada de España o filtrado detalles del caso de la menor Keibril Amador.
También se declararon sin lugar los cargos relacionados con el supuesto ofrecimiento de imágenes de los primos asesinados en Heredia y el suministro de información sobre el homicidio de Rashab García.


