Conductores que vayan a Riteve con cita no serán multados por restricción
Excepción será exclusiva para acudir a instalaciones de empresa
(CRHoy.com). El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y el Ministerio de Salud confirmaron que los conductores que acudirán a las citas de la Revisión Técnica Vehicular (RTV) no tendrán que cumplir con las restricción vehicular sanitaria.
Así lo comunicaron este viernes ambas instituciones mediante un comunicado de prensa conjunto. Eso sí, en caso de que el chofer sea abordado por las autoridades deberá sustentar con documentos que se desplaza para acudir a la cita en alguna de las sedes de la empresa Riteve.
Esta medida rige desde este 1° de mayo, como parte de las flexibilizaciones habilitadas por el Poder Ejecutivo en medio de la crisis por el coronavirus COVID-19.
La excepción será permitida exclusivamente para desplazarse entre el sitio de residencia y las estaciones de la Riteve (y viceversa). Incluso, la Policía de Tránsito recomendó a los conductores salir en horas razonables para no exponerse a eventuales multas.
"Básicamente, si una persona tiene la cita a las 11 de la mañana, no es válido que lo paremos en un retén a las 8 de la mañana y nos muestre el comprobante de una cita que ocurrirá dentro de 3 horas o que nos muestre el documento de la inspección hecha una hora atrás si la estación está a un kilómetro de donde lo detuvimos, por dar un par de ejemplos", dijo Alberto Barquero, subdirector de la Policía de Tránsito.
Quienes circulen con la inspección vencida, y si son abordados por oficiales de tránsito, se exponen a una multa de más de 54 mil colones. Por eso, si un vehículo presenta esta situación, lo recomendable –para no ser multado- es llevarlos en grúa o remolcado con otro automotor.
En mayo alguien que tenga una cita, pese a que su placa es de marzo (finalizada en 3) o de febrero (finalizada en 2), no se le sancionará por restricción sanitaria y sí por no tener la ITV al día y circular (¢54.636,04).
La directriz aplica en todo el país en horarios de entre 5:00 a.m. y 7:00 p.m. (según el último número de la placa) entre semana. Mientras, en las noches rige de manera total entre las 7:00 p.m. y las 5:00 a.m. Hay excepciones ya ampliamente conocidas, como la utilización de cartas para aquellos que deben desplazarse en horarios no permitidos con fines exclusivamente laborales.
Los fines de semana mantienen la restricción, tal y como se ha venido ejecutando: los sábados -entre 5:00 a.m. y 7:00 p.m.- pueden circular placas impares para acudir a supermercados, farmacias o abastecedores.
Mientras, los domingos circularán placas pares exclusivamente para los fines antes mencionados. Posterior a las 7:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m., la medida aplicará de manera total.
