Así se paga el feriado del 2 de agosto

28 de Jul. 2026 | 7:23 pm

Misa Virgen de los Ángeles. Crédito: Basílica de los Ángeles

Este domingo 2 de agosto se conmemora el Día de la Virgen de los Ángeles y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social explicó que este feriado es de pago no obligatorio para los trabajadores.

Según el Código de Trabajo, las empresas que reconocen en el salario únicamente el tiempo trabajado durante la semana, con excepción de las actividades no comerciales, deben pagar los días laborados sin incluir el pago del domingo. Si el trabajador labora ese día, la jornada se remunera de forma sencilla; sin embargo, las horas extra se pagan a tiempo y medio.

En el caso de quienes reciben un salario quincenal o mensual, así como de quienes trabajan en actividades comerciales y reciben pago semanal, si laboran ese día, el patrono debe agregar el salario correspondiente a un día ordinario para completar el pago doble. Si realizan horas extra, estas se pagan de forma triple.

Además, el Ministerio aclaró que el disfrute de este feriado no se traslada, por lo que debe celebrarse este domingo.

Los próximos feriados catalogados como de pago no obligatorio son el Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense, que se conmemora el lunes 31 de agosto, y el del martes 1.º de diciembre, por la Abolición del Ejército.

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