Anticoncepción de emergencia no es abortiva, recalcan trabajadores sociales

22 de Oct. 2026 | 4:52 pm

La anticoncepción de emergencia no es abortiva: previene o retrasa la ovulación y no interrumpe un embarazo establecido.

Así lo recalcó el Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica (Coltras), al rechazar su exclusión de un proyecto de ley para la atención de víctimas de violación sexual.

En su pronunciamiento, el colegio citó el criterio de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la evidencia médica internacional para explicar que este medicamento actúa antes de la fertilización y no afecta una gestación previa.

La organización cuestionó las modificaciones que aprobaron los diputados del Partido Pueblo Soberano (PPSO) de la Comisión Permanente Especial de la Mujer.

Estos cambios excluyeron la anticoncepción de emergencia de los servicios mínimos que el proyecto busca garantizar por ley a las víctimas.

Coltras también rechazó el planteamiento de condicionar la entrega del medicamento a una prueba de embarazo. Explicó que una prueba realizada inmediatamente después de una violación no detecta un embarazo producto de esa agresión, sino únicamente uno previo.

"El planteamiento de condicionar la entrega de la anticoncepción de emergencia a la realización previa de una prueba de embarazo dentro de la ventana inicial de atención carece de sustento biológico y clínico para el hecho que se atiende", advirtió el colegio.

La organización alertó que ese requisito puede retrasar el acceso al medicamento durante el periodo de mayor efectividad.

Además, señaló que someter a una víctima a procedimientos adicionales, innecesarios para atender la emergencia, puede aumentar su angustia, culpabilización y estrés.

El colegio advirtió que las barreras serían mayores en zonas rurales, costeras o de difícil acceso, donde los laboratorios o los insumos para realizar pruebas tienen disponibilidad limitada.

En esas condiciones, exigir una prueba previa puede impedir que las mujeres reciban atención integral.

Según el pronunciamiento, las primeras 72 horas después de una agresión sexual constituyen un periodo crítico para prevenir infecciones de transmisión sexual, VIH y embarazo, así como para brindar contención emocional.

El proyecto de ley busca elevar a rango de ley las garantías del Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas Víctimas de Violación Sexual.

Excluir la anticoncepción de emergencia reduce la protección de las víctimas y las expone a futuras decisiones administrativas o reglamentarias.

Por ello, los trabajadores sociales pidieron a la Comisión de la Mujer y al Plenario Legislativo reincorporar el medicamento de forma explícita y sin condiciones entre los servicios obligatorios e inmediatos.

También solicitó eliminar requisitos que retrasen la atención o generen revictimización y corregir las imprecisiones técnicas que, según indicó, contiene el texto sobre la profilaxis posexposición para el VIH.