¿Por qué el Congreso, el Poder Judicial y el TSE tendrán su propia escala salarial?
No están bajo la rectoría del Mideplán, pero deben crear sus propias escalas
(CRHoy.com) -Aunque no estén bajo la rectoría del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplán), los poderes Legislativo y Judicial y el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) deben crear sus propias escalas del salario global que aplicarán para sus nuevas contrataciones.
Así lo establece la Ley Marco de Empleo Público, que entró en vigencia el pasado 10 de marzo para regular las relaciones de empleo público y empleo mixto entre la Administración Pública y sus servidores.
La nueva normativa no obliga a esos poderes del Estado ni al TSE a utilizar las escalas del salario global que defina el Mideplán para las nuevas contrataciones de funcionarios del Poder Ejecutivo y sus órganos auxiliares y adscritos.
Pero sí deben crear sus propias escalas salariales porque sus servidores están bajo el ámbito de cobertura de la ley, incluyendo a los empleados de sus órganos auxiliares y adscritos, como la Contraloría General de la República (CGR), en el caso del Poder Legislativo, y del Ministerio Público o del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), en el caso del Poder Judicial.
"A partir de la metodología de valoración del trabajo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y los entes públicos con autonomía de gobierno u organizativa elaborarán la columna salarial global de la familia correspondiente", señala el artículo 34 de la Ley Marco de Empleo Público.
La ley previó la posibilidad de que los poderes Legislativo, Judicial y el TSE apliquen sus propias escalas del salario global en respeto al principio de autonomía y separación de poderes.
Para ello, lo primero que deben hacer es declarar todos sus puestos exclusivos y excluyentes y comunicárselo en esos términos al Mideplán. Si no lo hacen en un plazo de tres meses, automáticamente tendrán que aplicar las escalas de salario global creadas por ese Ministerio, según el reglamento de la Ley Marco de Empleo Público.
Luego, deben desarrollar su propia clasificación de puestos de trabajo en familias laborales y grados, respecto de las personas servidoras públicas con funciones administrativas, profesionales o técnicas, que sean exclusivas y excluyentes para el ejercicio de las competencias constitucionalmente asignadas.
Ningún salario que se establezca bajo el nuevo modelo puede ser más alto que el devengado por el Presidente de la República, según establece la ley.
El salario global consiste en una única remuneración que recibirán los funcionarios públicos contratados a partir de la vigencia de la Ley Marco de Empleo Público. Esta remuneración no se compone de sueldo base e incentivos.
La nueva normativa pretende corregir desigualdades salariales entre empleados de diferentes instituciones públicas, en algunos casos hasta de un 200%, mejorar la contratación y gestión de los recursos humanos y disminuir el elevado gasto del Estado por el pago de remuneraciones a sus servidores.
