Mecanismo de resolución a Coopeservidores: ¿En qué consiste?

Proceso de resolución tiene un plazo de hasta un año

Coopeservidores R.L. (CRH).

El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) acordó este viernes un mecanismo de resolución a Coopeservidores R.L., tras determinar su inviabilidad financiera.

La decisión la tomó después de conocer el informe del interventor Marco Hernández Ávila en el cual se concluyó que la cooperativa no tiene la capacidad para seguir operando.

El Consejo constató que Coopeservidores no tiene la capacidad, ni en la actualidad ni en un futuro próximo, de cumplir con los requisitos de solvencia por el continuo deterioro de su cartera crediticia.

Los balances muestran que los pasivos superan los activos de la entidad de ahorro y crédito y que se ubicó en un nivel de irregularidad de grado tres, es decir, que su seguridad y solvencia están en riesgo.

"Adicionalmente, no existen medidas viables para el aporte de capital necesario para que la entidad opere de manera regular. Estos elementos denotan las características de un intermediario financiero inviable, según lo dispuesto en la normativa prudencial", indicó el Conassif.

La propuesta que presentó Hernández permitiría rescatar un conjunto de activos valiosos y deseables, los cuales se transferirían hacia una entidad financiera solvente. A cambio, esta entidad solvente deberá asumir todos los depósitos y los préstamos garantizados, lo que serviría para hacer pagos a los acreedores, en un lapso relativamente corto, que se estima no exceda los dos meses.

Según la presidenta del Conassif, Laura Suárez, y el interventor, el proceso de resolución propuesto es una alternativa que beneficia más a los ahorrantes e inversionistas que si se enviara a la cooperativa, en su totalidad, a un proceso concursal (quiebra), dado que esta última opción representaría un mayor costo social por el tiempo requerido para el acceso de los recursos por parte de los depositantes y acreedores.

Además, el proceso de resolución adoptado evitaría que funciones críticas, como el cobro de una cartera crediticia compleja, se trasladen a un concurso en el cual el cobro y recuperación de ese tipo de activos no sería eficiente.

El proceso de resolución que se implementaría consiste, en esencia, en el establecimiento de dos figuras:

  • Un primer bloque denominado "banco bueno" con un conjunto de activos y pasivos de calidad de la cooperativa que se transferiría a una entidad financiera solvente.
  • Un segundo bloque conocido como "banco malo" con activos que por su calidad u otras consideraciones no se incluirían en el primer bloque, y que administraría un fideicomiso con el objetivo primordial de venderlo totalmente en un plazo máximo de un año, mientras que se gestiona la recuperación de dichos activos en beneficio, en primer lugar, de los acreedores que queden como fideicomisarios y, en segundo lugar, de los
    asociados que aportaron capital a la cooperativa.

El proceso de resolución se extenderá hasta por un año y el administrador del mismo será Hernández.

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