Empresas deberán presentar estados financieros en apego a normas internacionales en 2027

Imagen con fines ilustrativos. (CRH).

Las empresas deberán presentar sus estados financieros en apego a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para efectos tributarios a partir del próximo año.

Así lo informó este lunes la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda, según una resolución publicada en el diario oficial La Gaceta el pasado 29 de abril, en línea con las políticas de transparencia fiscal y con el objetivo de brindar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes.

Su entrada en vigor será el 1.º de enero de 2027 y las empresas deberán presentar la información en sus estados financieros conforme a lo señalado en la resolución.

Según Hacienda, con su implementación se busca brindar seguridad jurídica a los contribuyentes y a la Administración Tributaria respecto de los criterios, la interpretación y la armonización que deben existir entre las normas legales y reglamentarias en materia tributaria y las NIIF o NIIF PYMES adoptadas por el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.

Las personas jurídicas clasificadas como grandes contribuyentes deberán llevar su contabilidad y presentar sus estados financieros en apego a las NIIF conocidas como "NIIF plenas", que generan una mayor desagregación de información, lo que deriva en mayor transparencia en sus operaciones frente al fisco.

Los contribuyentes que pertenecen al régimen general podrán optar por utilizar las NIIF PYMES o las "NIIF plenas", según sus necesidades de información o las de sus entes rectores.

Las regulaciones mencionadas no aplicarán a los contribuyentes que estén registrados en los regímenes "Simplificado" y "Especial Agropecuario", de acuerdo con la clasificación de la Dirección General de Tributación.

En esta resolución no se incluyen interpretaciones asociadas a las NIIF SP (sector público) ni a las NIIF S1 y S2 (Normas Internacionales de Sostenibilidad y Clima).

Quienes incumplan lo establecido en la resolución se exponen a las sanciones y multas estipuladas en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Asimismo, este instrumento establece la forma en que los grandes contribuyentes y los del régimen general deberán presentar la información en sus estados financieros, así como el tratamiento tributario en temas de inversiones, inventarios, propiedad, planta y equipo, contratos de construcción, activos biológicos, activos intangibles, propiedades de inversión y combinaciones de negocios, entre otros.

Para mayor información, consulte la resolución en el siguiente enlace: https://www.imprentanacional.go.cr/ver/pub/2026/04/29/ALCA45_29_04_2026.pdf?202601063174

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