ACOP: Usar el ROP para adelantar pensión sería inconstitucional
(CRHoy.com) -La Asociación Costarricense de Operadoras de Pensiones (ACOP) aseguró que existen al menos dos sentencias de la Sala Constitucional que advierten de vicios de inconstitucionalidad en el proyecto de ley que busca utilizar los fondos ahorrados en el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC) para adelantar la jubilación.
Según comunicaron las operadoras de pensiones, la Sala IV ha basado sus argumentos sobre legalidad y constitucionalidad de la iniciativa, que se tramita bajo el expediente 23.547, en dos ejes principales:
- El ROPC fue creado con el único fin de ser un complemento al régimen de pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), más conocido como Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), y garantizar al jubilado una vejez digna.
- El ROPC cumple "con los aspectos esenciales de justicia social presentes en la Constitución Política y que, según la propia Carta Magna, esos principios son irrenunciables", dijo Danilo Ugalde, presidente de la ACOP.
La asociación mencionó que entre las sentencias que respaldan esos argumentos están la N°2014-3343 y la N°2019-012226.
En ellas, puntualmente se expresa que se debe reforzar el régimen existente para propiciar su mejora y para que las personas sean capaces de cubrir sus necesidades básicas a partir de su jubilación.
