Técnico denunció a jueza por recomendarle abrirse un OnlyFans, esto determinó Inspección Judicial

4 de Oct. 2026 | 3:22 am
Imagen ilustrativa.

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El Tribunal de la Inspección Judicial exoneró a una jueza denunciada por un comentario sobre OnlyFans que un técnico judicial consideró hostigamiento sexual. El trabajador aseguró que, en dos ocasiones, ella le sugirió abrir una cuenta en esa plataforma para resolver sus problemas económicos y agregó que pagaría una suscripción para verlo.

En una resolución del 14 de agosto de 2024, el órgano declaró sin lugar el procedimiento disciplinario. Los jueces señalaron inconsistencias en los testimonios, conflictos previos entre trabajadores del despacho y dudas sobre el supuesto contenido sexual de los comentarios.

Aunque OnlyFans es popular entre personas que publican contenido sexual, la plataforma también admite creadores de otros ámbitos. Por esta razón, la resolución sostuvo que la sola mención de la red social no permitía concluir que la sugerencia tenía carácter sexual.

El caso involucró a una jueza y a un técnico del Juzgado Contravencional de Buenos Aires, Puntarenas.

La denuncia

El técnico judicial relató que los episodios ocurrieron entre marzo y junio de 2023. Según su versión, el primero sucedió en el comedor del juzgado, mientras conversaba con varios compañeros sobre sus dificultades económicas.

El funcionario afirmó que la jueza ingresó al comedor para lavar sus utensilios, escuchó la conversación y ahí le sugirió abrir una cuenta en OnlyFans.

El segundo episodio habría ocurrido en el área común donde trabajaba el personal técnico. El denunciante aseguró que la jueza repitió la sugerencia en presencia de otro compañero.

El técnico interpretó los comentarios como una sugerencia para obtener dinero mediante la publicación de contenido sexual. Afirmó que se sintió incómodo y hostigado porque hablaba de una situación seria y no tenía una relación de confianza con la jueza.

Un compañero respaldó su versión y afirmó que escuchó ambos comentarios.

El trabajador presentó formalmente la queja el 4 de setiembre de 2023. Dos días después, la Inspección Judicial abrió el procedimiento y formuló los cargos contra la jueza.

La funcionaria negó los señalamientos y solicitó que archivaran el expediente. Su defensa sostuvo que la denuncia formaba parte de una persecución laboral relacionada con conflictos internos del juzgado.

Según la defensa, la jueza había denunciado irregularidades atribuidas a otros servidores y las diferencias entre los funcionarios habían originado varios procedimientos disciplinarios.

El análisis del Tribunal

Los integrantes del Tribunal confirmaron la relación laboral entre las partes y algunas de sus rutinas dentro del despacho. Determinaron que la jueza acostumbraba ingresar al comedor para lavar sus utensilios antes de regresar a su oficina y que ocasionalmente visitaba el área común del personal técnico.

Estos datos demostraban que la jueza podía coincidir con el denunciante en los lugares señalados, pero no confirmaban que hubiera realizado los comentarios que él le atribuyó.

Una de las principales razones para descartar los cargos fue la falta de coincidencia entre los relatos. El denunciante ubicó inicialmente los episodios entre marzo y junio de 2023, pero durante su declaración amplió el periodo de enero a junio.

El Tribunal también encontró diferencias sobre las personas que estaban presentes en el comedor y falta de precisión acerca de si la conversación ocurrió durante la mañana o la tarde.

Otro elemento relevante fue el ambiente laboral del juzgado. El Tribunal señaló que conocía numerosos procedimientos disciplinarios relacionados con diferencias entre los trabajadores, incluidos conflictos entre la jueza y el compañero que respaldó al denunciante.

Por esta razón, los jueces valoraron con cautela el testimonio de ese servidor y lo compararon con el resto de las pruebas, en lugar de considerarlo por sí solo una confirmación suficiente.

Dos testigos afirmaron que no escucharon los comentarios denunciados ni otras expresiones de contenido sexual. Una explicó que compartía el área de trabajo y desayunaba con otros funcionarios. La segunda indicó que no utilizaba el comedor, pero podía escuchar desde su escritorio las conversaciones que ocurrían en ese espacio.

El Tribunal tomó en cuenta ambas declaraciones al analizar las dudas sobre los dos episodios.

Además de determinar si los comentarios ocurrieron, el Tribunal examinó si tenían contenido sexual. El denunciante y el compañero que respaldó su versión relacionaron OnlyFans con la publicación de material sexual o pornográfico a cambio de dinero.

A partir de esa interpretación, ambos entendieron que la jueza le sugería al técnico vender contenido de esa naturaleza y que su supuesto ofrecimiento de suscribirse reforzaba el carácter sexual de la propuesta.

El Tribunal adoptó otro criterio. Indicó que OnlyFans permite obtener ingresos mediante suscripciones y que, aunque muchas personas la utilizan para publicar contenido sexual, también alberga creadores de otros ámbitos.

Según la resolución, incluso si la jueza hubiera realizado el comentario, las pruebas no aclaraban qué tipo de contenido habría propuesto ni demostraban una referencia sexual concreta. El Tribunal consideró que la interpretación del denunciante no bastaba para imponer una sanción.

Los jueces concluyeron que las pruebas tampoco demostraron que la funcionaria dirigiera al trabajador un comentario sexualizado para degradarlo ni que afectara su vida laboral, pública o privada. Aunque reconocieron que un posible comentario pudo causarle disgusto, determinaron que no existían elementos suficientes para acreditar hostigamiento sexual.