Sala IV rechaza recurso de estudiante que no quiso ponerse mascarilla

13 de Jun. 2022 | 8:27 pm
Foto: Fines ilustrativos

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(CRHoy.com).- La Sala Constitucional declaró inadmisible un recurso de amparo interpuesto por una estudiante del Liceo Cuatro Bocas, ubicado en Alajuela, contra el Ministerio de Educación Pública (MEP). 

La razón que alegaba la recurrente era que fue obligada a portar mascarilla dentro de la institución, aunque ya estuviera vigente el decreto ejecutivo que levanta la obligatoriedad del uso de la mascarilla.

Según la recurrente, el 13 de mayo de este año, mientras recibía lecciones de Cívica, la profesora que dicta esta materia le indicó a la estudiante que debía portar la mascarilla durante la clase; a lo que esta respondió que no se la colocaría, ya que su decisión se amparaba en el decreto ejecutivo que le da la potestad a los ciudadanos de tomar la decisión sobre si usan o no la mascarilla.

En ese momento la estudiante fue remitida a la dirección de la institución hasta las 8:20 a.m. para desayunar; además le indicaron que por no estar presente para la clase de música, perdería los puntos de trabajo cotidiano, los de asistencia y los puntos correspondientes al proyecto que debía entregar ese día.

La recurrente consideraba dentro de su recurso que fue víctima de persecución, hostigamiento, represión, acoso, perturbación e intimidación por parte del cuerpo docente del centro educativo.

Lo anterior porque desde el 11 de mayo, un día después de que se publicara el decreto en el diario oficial La Gaceta, la directora pasaba por las aulas verificando que todos los estudiantes portaran la mascarilla; incluso, se tomó la medida de que los docentes debían cerciorarse que los estudiantes portaran los cubrebocas dentro de buses que brindan el servicio de transporte escolar.

Por su parte, la Sala indicó que el objetivo de la figura del recurso de amparo es "brindar tutela oportuna contra infracciones o amenazas a los derechos y libertades fundamentales, no servir como instrumento genérico para garantizar el principio de supremacía constitucional o el principio de legalidad".

Debido a lo anterior, los magistrados fallaron en contra de la recurrente declarando inadmisible el recurso; ya que no le corresponde a la Sala Constitucional hacer cumplir el decreto ejecutivo que levanta la obligatoriedad de la mascarilla. Todos magistrados rechazaron el recurso, excepto la magistrada Rosibel Jara Velásquez.

"Se rechaza de plano el recurso. La magistrada Jara Velásquez salva el voto y ordena dar curso", citó el "por tanto" de los magistrados.