Sala IV rechaza intento de Ofelia Taitelbaum por anular sentencia en su contra
Alegaba violación a derechos de defensa y debido proceso ante Sala Constitucional
(CRHoy.com) La exdefensora de los Habitantes, Ofelia Taitelbaum Yoselewich, solicitó a la Sala Constitucional que anule la sentencia que fue dictada en su contra, al alegar supuestas violaciones a sus derechos de defensa y al debido proceso.
El pedido consta en el amparo que el Alto Tribunal tramita bajo el expediente 23-015745-0007-CO. El recurso fue presentado el 4 de julio de 2023 y fue rechazado de plano tres días más tarde, confirmó su oficina de prensa ante consulta de CRHoy.com.
La gestión partía de que las garantías fundamentales de la también exdiputada fueron vulneradas, producto de que, durante el juicio que afrontó cuatro años atrás, nunca estuvo presente la representación legal de la coimputada Iliana Vargas Jiménez (murió antes de que se celebrara el debate).
El abogado de Taitelbaum Yoselewich, Hugo Navas Vargas, explicó que procuró sanear el proceso de "defectos absolutos", al formular revocatoria contra un señalamiento para juicio de reenvío (es decir, una repetición) en el que se determinará la nueva pena a imponer a la exdefensora. Sin embargo, el Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública rechazó aquella gestión el 9 de junio de 2023, razón por la cual, optó por acudir a los magistrados.
Los decisores José Pablo Alvarado Cascante, José María Arguedas Salazar y Alexander Salazar Chacón puntualizaron que el jurista omitió señalar en su gestión cómo se violó la defensa de su representada y, consecuentemente, tampoco argumentó la gestión. Esta situación tornó "infundado el recurso", a criterio de los juzgadores.
Pero además, en la resolución adjuntada en el amparo -al que este medio tuvo acceso- se establece que, si bien la sentencia no le fue notificada a Vargas Jiménez, ello ocurrió en el tanto que contra esta se dictó sobreseimiento definitivo en virtud de su fallecimiento.
"Siendo que de lo anterior se extrae lo inocuo de lo pretendido por el recurrente Navas Vargas de suspender los procedimientos, hasta tanto no haya una notificación a la Defensa Pública, toda vez que la sentencia se emitió dentro de los plazos de ley, conforme lo informó el tribunal sentenciador dentro del proceso, teniendo acceso a dicha información la totalidad de los intervinientes, incluyendo la Defensa Pública, quien conocía de la existencia del proceso al habérsele notificado la realización del debate, y quedando notificadas todas las partes con la lectura integral de la sentencia", se lee en la ratificación del señalamiento del nuevo contradictorio.
Con esa etapa superada, el abogado acudió a los altos jueces para que estos conocieran y resolvieran el aparente quebrantamiento de derechos.
"Señores magistrados, no se trata de que la Defensa Pública no haya sido notificada, sino que el juicio no se debió realizar sin su asistencia y, que a la fecha no se le ha concedido lectura integral a la sentencia, porque la Defensa Pública no fue convocada para esos efectos.
"Por tanto, no interesa si a mi defendida se le causó daño. El problema es que se violó el debido proceso y que nos enfrentamos a una nulidad absoluta que afecta a todas las partes del proceso, porque sin la presencia de la defensora pública de la coencartada Vargas Jiménez, licenciada Axa Carballo Barquero, no se podía realizar el debate y, sin su convocatoria a la lectura integral de la sentencia, a la fecha no se debe tener por realizada la notificación del fallo, omisión por la que no ha comenzado a correr el término para recurrir la sentencia que nos ocupa", reza el amparo.
No obstante, aquella tesis ni siquiera fue analizada por el fondo por parte de la Sala Constitucional.
De esta manera únicamente queda por celebrarse el segundo contradictorio contra la exlegisladora. En este, se partirá de que Taitelbaum Yoselewich es culpable de 29 cargos de uso de documento falso; actuaciones ilícitas por las que deberá asignársele una nueva pena, según resolvió el 17 de diciembre de 2020 el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal del II Circuito Judicial de San José. Esa discusión se llevará a cabo del 15 al 17 de noviembre de 2023.
Contra la exdefensora, el Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública dispuso 9 años de cárcel luego de que se acreditara en juicio que sus empresas suministraron informaciones falsas a la Dirección de Tributación del Ministerio de Hacienda, que incluían como reportes de presuntos gastos, con el objetivo de pagar menos impuestos.
El caso se destapó a partir de una denuncia que hizo siete años atrás la costurera sancarleña María Otárola Soto. Ella era falsamente señalada como una consultora de las compañías de Taitelbaum Yoselewich, por las que supuestamente se le cancelaban honorarios.
Aquella situación impidió que pudiera asegurarse por medio de un tercero ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), ya que reportaba ingresos propios.
El órgano jurisdiccional de segunda instancia, además de ordenar la revisión de la "abultada" sanción dictada, dispuso analizar de nuevo el reclamo económico por el daño social causado por el accionar delictivo -en su esfera privada- de la entonces defensora; punto que había sido rechazado en la primera vía.
