Sala IV rechaza Habeas Corpus a funcionarios suspendidos del BN

Funcionarios del BN señalaron que les restringían la libertad.

8 de Nov. 2023 | 3:52 pm

Varios funcionarios del Banco Nacional de Costa Rica (BN) que fueron suspendidos por el denominado caso "Gallo Tapado" habían presentado unos recursos de Habeas corpus ante la Sala IV señalando que les estaban restringiendo la libertad; sin embargo, los magistrados los rechazaron.

La Sala Constitucional había recibido 4 recursos de Habeas Corpus bajo los expedientes 23-27107-0007-CO, 23-27108-0007-CO, 23-27109-0007-CO y 23-27110-0007-CO, en los cuales se señalaron que las medidas cautelares que el BN emitió contra los funcionarios restringían su libertad de tránsito.

El recurso de Habeas Corpus es al cual una persona puede acudir en caso de que su libertad personal, integridad física, libertad de tránsito, libre permanencia o ingreso al territorio nacional están siendo perturbados o amenazados.

Tras los análisis de los recursos, los magistrados decidieron rechazarlos debido a que lo que reclamaban los funcionarios no le competía a la Sala IV resolverlo, sino a las autoridades de los Tribunales de Trabajo o de los Tribunales Contencioso-Administrativo.

"Consideran los magistrados que dada la promulgación de la Reforma Procesal Laboral, Ley N° 9343 de 25 de enero de 2016, vigente desde el 25 de julio de 2017, todos los reclamos relacionados con los derechos laborales -como en esta ocasión- derivados de un fuero especial (por razones de edad, etnia, sexo, religión, raza, orientación sexual, estado civil, opinión política, ascendencia nacional, origen social, filiación, discapacidad, afiliación sindical, situación económica, así como cualquier otra causal discriminatoria contraria a la dignidad humana), tienen un cauce procesal expedito y célere, por medio de un proceso sumarísimo y una jurisdicción plenaria y universal", indicó una vocera de la Sala IV.

"De modo, que las pretensiones deducidas en este recurso de amparo, son propias de ser conocidas a través de los nuevos mecanismos procesales que prevé la citada Reforma Procesal Laboral o, en su caso, ante la jurisdicción de lo contencioso-administrativo, de conformidad con lo resuelto por esta Sala en la Sentencia No. 2008-002545", añadió.

Por otra parte, los magistrados Cruz Castro y Rueda, quienes formaron parte de la decisión, señalaron que no hay alguna afectación "a un elemento esencial de relevancia constitucional del debido proceso o del derecho a la igualdad, sino que versa sobre una disconformidad con temas propios de la legalidad ordinaria".

Los reclamos de los funcionarios

Los funcionarios suspendidos denunciaron que las medidas cautelares les restringían salir de manera libre de su casa en cualquier momento.

"Los recurrentes alegan que las medidas cautelares emitidas por el Banco Nacional de Costa Rica restringen su libertad de tránsito al prohibirles que durante el tiempo de la suspensión, (plazo inicial de tres meses) puedan de manera libre salir de su casa en cualquier momento y a la distancia que deseen", indicó la oficina de prensa de la Sala Constituconal.

"Señalan que se les exige que deben mantenerse a una distancia no mayor de lo que está su casa de habitación de la oficina bancaria donde laboran habitualmente", agregó.

Los funcionarios indicaron que las medidas cautelares violaban los artículos 22 y 56 de la Constitución Política.

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