Sala IV ordena a Municipalidad de Nandayure garantizar calidad del agua
La Sala Constitucional ordenó a la Municipalidad de Nandayure, en Guanacaste, tomar las medidas necesarias dentro de sus competencias para garantizar y asegurar la calidad y continuidad de la prestación del servicio de agua a los cantones del cantón.
Así lo resolvieron los magistrados de la Sala IV en la resolución de un recurso de amparo presentado por vecinos de la zona en febrero anterior, pues se confirmó que en setiembre del año 2023, el ente municipal no pudo realizar las acciones ordinarias de desinfección del agua en el cantón, por problemas de gestión de mantenimiento del equipo, compra de materiales y otros insumos necesarios.
En su resolución 07186 – 2024 del pasado 15 de marzo, la Sala IV señaló que en materia de suministro de agua potable la jurisprudencia de esta Sala se ha dirigido fundamentalmente a la protección del derecho a la vida y a la salud de las personas físicas y que esos derechos implican la posibilidad de exigir ciertas prestaciones del Estado, sobre todo los que resultan esenciales para mantener condiciones sanitarias favorables a la preservación de la vida y la salud de las personas.
"De este modo, garantizar la pureza del líquido para consumo humano, así como la continuidad en el suministro de este, forman parte de un debido y eficiente servicio al abonado, y a su vez garantiza sus derechos fundamentales más elementales", consideró la Sala.
Otra queja que presentaron los recurrentes ante la Sala IV tenía que ver con la falta de prestación del servicio de recolección de basura en el cantón.
A este respecto, se comprobó que en el Cantón de Nandayure se han presentado suspensiones en el servicio de recolección de basura y dificultades para brindar un adecuado servicio a la población.
De los informes presentados a la Sala por parte de las autoridades recurridas, se determinó que para atender el problema de recolección de desechos, el Ministerio de Salud impuso a la Alcaldía de Nandayure recurrida, una orden sanitaria por la suspensión del servicio de recolección de residuos sólidos.
Es en cumplimiento de esa orden que el Concejo Municipal acordó pedir a la Alcaldía Municipal y Gestor Ambiental que procedan a tomar las medidas correspondientes, dentro del ámbito de su competencia para realizar a la mayor brevedad posible, un proceso licitatorio, conforme a la Ley General de Contratación Pública y su Reglamento, y contratar temporalmente los servicios de un camión recolector de desechos sólidos, que reúna los requisitos exigidos por el Ministerio de Salud.
