Sala IV “jaló orejas” por centros educativos en malas condiciones
Orden sanitaria en escuela en San Vito de Coto Brus, hizo que menores fueran trasladados
La Sala Constitucional "jaló orejas" al Ministerio de Educación Pública (MEP), por las malas condiciones en las que reciben lecciones estudiantes de una escuela en San Vito de Coto Brus, en la zona Sur, y los adolescentes de un colegio en Turrialba, en Cartago.
La setencia 007382-17 del 19 de mayo, cuestiona el cierre que se hizo en la escuela La Flor del Roble, en Sabalito de Coto Brus. Según la Sala, hubo una violación del derecho a la salud, al ambiente y a la educación.
El centro educativo tenía una orden sanitaria en su contra, por lo cual se tuvo que proceder con el traslado de los 47 estudiantes, primero a una iglesia y luego a una casa que alquilaron y modificaron, según la Sala esto generó inestabilidad en el proceso educativo. También se alegó que la casa que alquilaban que servía como centro educativo provisional, se mantuvo cerrada desde el 18 y hasta el 24 de abril de este año, lo que significa una interrupción en el proceso.
Según la Sala: "sorprende que un centro educativo tenga que llegar a tales condiciones en que proceda una orden sanitaria en su contra, y el inmediato traslado de los estudiantes. Eso hace suponer que durante varios meses, los estudiantes estuvieron sometidos a condiciones que no eran idóneas para su proceso educativo, en amenaza a su derecho a la salud, a la vida, al ambiente y a la educación".
Los magistrados declararon parcialmente con lugar el recurso, "únicamente en cuanto a las acciones y omisiones del Ministerio de Educación Pública. En consecuencia se ordena a Sonia Marta Mora Escalante, en su calidad de Ministra de Educación Pública, o quien en su lugar ocupe dicho cargo, proceder de inmediato a girar las instrucciones que estén dentro del ámbito de sus competencias para proceder a garantizar que los menores que asisten a la Escuela La Flor continúen su proceso educativo, de forma continua e ininterrumpida, y bajo condiciones adecuadas, en respeto de su derecho a la salud, la vida y al ambiente".
Colegio no apto
Por otra parte, la Sala declaró con lugar un recurso interpuesto a favor de los estudiantes del Colegio Omar Salazar Obando, en Turrialba. El recurrente, un adulto mayor, indicó que los jóvenes reciben clases en un edificio contiguo a la terminal de buses de la localidad, que no cuenta con la infraestructura necesaria y óptima para un centro educativo. Concretamente, el edificio cuenta con poca ventilación, iluminación, no tiene rampas y las gradas están en mal estado, por lo cual están hacinados.
Sin embargo, según las autoridades educativas, es únicamente el nivel de sétimo el que recibe lecciones en esas condiciones, los otros niveles reciben clases en el edificio principal que tampoco cuenta con las condiciones. Además se denunció que las instalaciones no cuentan con las indicaciones de la ley 7.600 de igualdad de oportunidades para personas con discapacidad.
Por tanto, la Sala ordenó al director del centro educativo y de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento del MEP: "que procedan, de manera inmediata y de forma coordinada, a tomar las medidas necesarias, que están dentro del ejercicio de sus competencias, para que a más tardar dentro del plazo de dieciocho meses, contado a partir de la notificación de esta sentencia, las instalaciones del Colegio Omar Salazar Obando de Turrialba cuenten con las condiciones educativas y de seguridad necesarias para que los estudiantes amparados puedan cursar sus estudios de forma integral. Además, en el mismo plazo deberán adecuar la infraestructura del centro educativo citado, a lo establecido en la Ley 7600", indica la sentencia del expediente 17-006002-0007-CO.
Se hizo la consulta al MEP para saber qué medidas se están tomando en estos dos casos, pero al cierre de esta nota no hubo respuesta.

