Rige decreto que traslada vías nacionales a munis en medio de cuestionamientos

4 recursos de inconstitucionalidad aguardan en la Sala Constitucional

10 de Jul. 2024 | 7:26 am

El Decreto Ejecutivo 44263-MOPT que avala el traslado de 3.000 kilómetros de la red vial nacional a las municipalidades entra a regir a partir de este miércoles 10 de julio en medio de cuestionamientos sobre eventuales roces de inconstitucionalidad.

El documento fue firmado el 19 de setiembre de 2023 por Rodrigo Chaves Robles, presidente de la República y también por Luis Amador Jiménez, entonces ministro de Obras Públicas y Transportes.

Dicho decreto estableció que el mismo entraría a regir 6 meses después de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. El mismo se publicó en el Alcance 2 a la Gaceta 3 del 10 de enero de 2024, por lo que los 6 meses vencen este miércoles.

El documento ejecutivo establece los criterios para redefinir las vías nacionales a cargo de la administración gubernamental, así como también las cantonales que estarán administrados por el régimen municipal.

Desde el MOPT indicaron que existe un interés estratégico por parte del Poder Ejecutivo establecer definiciones para las rutas nacionales y cuáles serán administradas por representantes de los Gobiernos Locales.

No obstante, el régimen municipal expresó su preocupación producto de una posible infracción al marco constitucional del país, por lo que ya existen recursos interpuestos ante la Sala Constitucional.

Hasta el momento no hay una claridad sobre cuáles son esas vías nacionales que pasarán a manos de las municipalidades. El 21 de junio hubo una reunión entre el MOPT y autoridades municipales para definir los accesos vehiculares.

Acciones de inconstitucionalidad

La Sala Constitucional tramita 4 acciones de inconstitucionalidad que presentaron los ayuntamientos de Abangares, San Ramón, Aserrí y Sarapiquí, los cuales transfirieron a los gobiernos locales la atención plena y exclusiva de la Red Vial Cantonal.

La acción de Abangares se tramita al expediente 24-016409-0007-CO y la misma fue acogida para estudio por parte de los magistrados del Tribunal Constitucional.

"La interposición de una acción de inconstitucionalidad no suspende la eficacia y aplicabilidad en general de las normas. La segunda, es que solo se suspenden los actos de aplicación de las normas impugnadas por las autoridades judiciales en los procesos incoados ante ellas, o por las administrativas, en los procedimientos tendientes a agotar la vía administrativa, pero no su vigencia y aplicación en general.

"La tercera regla es que la Sala puede graduar los alcances del efecto suspensivo de la acción. La cuarta es que –en principio-, en los casos de acción directa, como ocurre en esta acción, que se acude en defensa de intereses corporativos, no opera el efecto suspensivo de la interposición", precisó la Sala.

En el caso de los recursos presentados por los ayuntamientos de San Ramón, Aserrí y Sarapiquí se encuentran en periodo de admisibilidad por parte de los magistrados de la Sala Constitucional.

Análisis del MOPT

Efraím Zeledón, viceministro de Infraestructura del MOPT y director ejecutivo a.i. de Conavi, indicó el 19 de junio que previo a la publicación del decreto se hicieron consultas públicas, pero solamente 2 personas expresaron su descontento.

El jerarca detalló que el decreto ejecutivo no lleva una lista de rutas que serán automáticamente trasladadas a las municipalidades, por lo que existe muchas interpretaciones que se están suscitando.

"El decreto lo que establece son los parámetros y los lineamientos que se van a utilizar para definir cuáles rutas no forman parte de la red estratégica y podrían ser trasladadas a la red del campeonato, pero nada más para aclarar, que no es que el 11 de julio como municipalidades vas a tener 3.000 kilómetros más de ruta.

"Ahora, ¿qué es lo que le preocupa a muchos alcaldes? Pues bueno la dificultad de asumir esa red, pero también y te puedo poner ejemplos; he hablado con muchos alcaldes que son conscientes de que en este momento por limitaciones presupuestarias, el MOPT y el Conavi no pueden asumir rutas para nosotros no son estratégicas como decir la Ruta 1 o la ruta 3, pongamos un ejemplo de ruta no sé 900 u otras", indicó Zeledón.

La Defensoría de los Habitantes ordenó una investigación a lo interno y pidió cuentas al MOPT sobre las razones por las cuales llevaron a cabo esa decisión.

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