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Recuerde: este lunes es feriado: ¿Cómo se lo deben pagar?

Por Daniel Córdoba | 28 de Nov. 2025 | 2:34 pm

Este 1.º de diciembre se celebra el Día de la Abolición del Ejército Costarricense, una fecha que desde mayo de 2020 se convirtió en feriado de pago no obligatorio. Este año la celebración no se traslada y se mantiene para el lunes.

El Código de Trabajo establece que todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar del día feriado, sin importar la actividad laboral en la que se desempeñen.

Con respecto a su pago, en caso de que corresponda, es necesario tomar en cuenta las siguientes consideraciones:

Pago semanal en actividad no comercial

Las empresas que tienen pago semanal (en actividad no comercial), es decir, que reconocen en el salario únicamente el tiempo efectivamente laborado durante la semana, deben pagar los días trabajados sin incluir el pago del día feriado. Si se labora ese día, se paga un salario sencillo.

Bajo esta modalidad de pago semanal, si se trabajan horas extra durante el feriado, deben remunerarse a tiempo y medio sobre la hora ordinaria.

Pago mensual o quincenal

Los centros de trabajo que pagan mensual o quincenalmente, así como los comercios que pagan semanalmente, reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados.

En estos casos, deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o mes, incluyendo el 1.º de diciembre. Si se labora ese día feriado, debe agregarse el salario de un día sencillo para completar el pago doble.

Bajo esta modalidad de pago mensual o semanal en actividad comercial, si el día feriado se trabajan horas extra, cada hora se calcula a tiempo y medio sobre la hora doble.

Aplica en todas las empresas

Sin importar si la empresa es nacional, transnacional o internacional, debe conceder el día feriado a sus trabajadores.

Cualquier convenio que implique renunciar al disfrute de los feriados es nulo, según el artículo 11 del Código de Trabajo.

Abolición del Ejército

El Ministerio de Educación Pública (MEP) detalla que el 1.º de diciembre de 1948 Costa Rica abolió su ejército, una decisión que permitió cambiar las armas por lápices y cuadernos.

Además, se destinó más presupuesto para promover la alfabetización, ampliar la cobertura educativa y mejorar la calidad en el aula.

Cada año, a nivel nacional, se celebra el Día de la Abolición del Ejército Costarricense, establecido mediante el Decreto Ejecutivo n. º 17357 desde 1986.

En aquella mañana, José Figueres Ferrer, presidente de la Junta Fundadora de la Segunda República, en un acto simbólico con el Cuartel Bellavista como telón de fondo, dio unos mazazos y derribó uno de los muros del edificio, explicó el MEP.

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