Psicólogos en “absoluta oposición” a reglamento de la CCSS
Entidad se oponen a cuota de un 18,5% y a cobro retroactivo de cuotas de hasta diez años
(CRHoy.com).- El Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica (CPPCR) manifestó su "absoluto rechazo" a la propuesta de reforma al reglamento de la Caja Costarricense de Seguro Social para afiliar a trabajadores independientes.
Así lo hizo saber ese colegio profesional a la entidad autónoma en una nota que le envió el pasado 30 de marzo.
De esta manera, el gremio de los psicólogos se une a múltiples colegios profesionales, cámaras empresariales y otras asociaciones de las sociedad civil que consideran como abusivo e inoportuno el cambio que pretende hacer la Caja para afiliar a los trabajadores independientes, lo cual implica subir la cuota de aseguramiento a un 18,5% y el cobro retroactivo de cuotas de hasta diez años.
El Dr. Ángelo Argüello Castro, Presidente del Colegio expreso que el Colegio de Profesionales en Psicología de Costa Rica no se opone a que los trabajadores independientes contribuyan con el modelo de solidaridad que caracteriza el sistema de seguridad social.
No obstante, consideró que esa contribución debe de apegarse a la Constitución y a las leyes.
Entre los principales señalamientos que hace el CPPCR a la propuesta de reforma al reglamento de afiliación de trabajadores independientes está, precisamente, la definición que impulsa la CCSS sobre este sector.
El Colegio considera que la definición no encuentra sustento en ninguna ley por lo que considera que el reglamento es ilegal.
"La misma es imprecisa y por lo tanto permite que en ella se encuadren muy diversas actividades tales como miembros y directores de las sociedades, actividades que como es fácil apreciar no corresponden a la figura de un trabajador", argumentó el Colegio.
Sobre el pago de la cuota de un 18,5%, la institución manifestó que el artículo 23 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social es claro en que la contribución de los trabajadores no podrá ser nunca mayor que la contribución de los patronos, lo que solo podría ocurrir cuando se otorguen mayores beneficios a los asegurados y si esos recursos adicionales sirven para obtener una justa distribución de las cargas del seguro social obligatorio.
"Es público y notorio que los trabajadores independientes no reciben un beneficio mayor o distinto al que reciben el resto de los asegurados, en razón de ello su contribución, la de los trabajadores independientes, no puede ser más elevada que la del resto de los trabajadores, como ocurre en la actualidad", enfatizó el gremio en un comunicado.
Y sobre el cobro retroactivo de cuotas hasta por diez años, igualmente, el Colegio expresó su oposición con la medida que pretende implementar la CCSS.
Sobre este particular, el criterio de la entidad es que esto sería inconstitucional.
"El artículo 51 del citado Código de Procedimientos y Normas Tributarias, que es el aplicable en virtud de no existir norma expresa que regule la materia, establece de forma inequívoca que el derecho para cobrar las deudas tributarias prescribe en 4 años debido a ello la norma reglamentaria debe de ser modificada", indicaron.
