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Proponen agravar penas por violaciones a menores que generen un embarazo

También cuando menores resulten contagiadas con alguna enfermedad de transmisión sexual

Por Carlos Mora | 11 de Nov. 2024 | 10:59 am

Un nuevo proyecto de ley presentado en la Asamblea Legislativa pretende modificar el artículo 161 del Código Penal,  con la intención de agravar las penas en casos de violación de menores de edad que provoquen un embarazo en la niña o la adolescente. 

La propuesta legislativa, que se discute en la Comisión de Asuntos Jurídicos del Congreso, propone que se imponga pena de prisión de 3 a 8 años cuando del resultado de mantener relaciones sexuales con una menor de 18 años resulte embarazada.

El texto añade que esta pena se agravará un medio, cuando la persona perpetradora haya ejercido violencia o una relación de abusivo poder a la menor de edad, así como corrupción sobre la ofendida.

Por otra parte, el proyecto propone que se imponga pena de 1 a 3 años cuando del resultado de las relaciones sexuales con un menor de 18 años se produzca un contagio de alguna enfermedad venérea.

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El proyecto de la diputada Navas también busca que se fijen penas de prisión de 1 a 3 años a los padres, tutores o curadores del menor de edad que no den aviso al Pani sobre el estado de embarazo de su hija menor de dieciocho años.

Competencias del Pani

La iniciativa de ley también busca obligar al Pani a desarrollar  una guía escrita, para entregarla a cada menor embarazada, la cual contendrá como mínimo:

  • Guía del embarazo para la persona menor de edad en estado de gestación
  • Asesoramiento sobre sus derechos, orientado a protección contra el abuso, explotación relacionada con el embarazo, prevención de la violencia ya sea de familiares, pareja u otros.
  • Asistencia social
  •  Apoyo emocional y psicológico
  • Sus derechos de asistencia médica, social, financiera y legal.
  • Protección contra la discriminación
  • Asesoría telefónica permanente.
  • Asesoría postparto, para la atención del recién nacido, así como los derechos del neonato.

Se estipula, además, que el Pani en un plazo de 5 días, desde el momento que tiene conocimiento de la presencia de una persona menor de edad, debe generar la denuncia.

"Este plazo es perentorio e improrrogable y su incumplimiento constituye falta grave administrativa en contra del profesional asignado a realizar la acusación penal", señala la propuesta.

El texto completo del proyecto de la diputada Navas lo puede ver acá 24014

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