Procuraduría cita dudas en plan para homologar licencias de conducir

Dudas van en torno a la redacción del proyecto

30 de Mar. 2024 | 11:05 am

La Procuraduría General de la República citó algunas dudas en el plan para homologar las licencias de conducir emitidas en el extranjero.

Así consta en la Opinión Jurídica 008-2024 del 22 de enero de 2024 enviado por el órgano procurador al área de Comisiones Legislativas y Asamblea Legislativa.

La iniciativa fue presentada por la diputada Carolina Delgado Ramírez, el cual tiene como finalidad establecer que no se harán multas para quienes no porten la licencia en formato físico si se comprueba que hay un permiso por medio de otras instancias, entre ellas, una llamada o un sistema electrónico.

El proyecto consiste en un artículo único en el cual se reforman 3 numerales de la Ley de Tránsito, los cuales están vinculados a la homologación de licencias provenientes del exterior.

Observaciones

El espíritu del proyecto es el de aclarar y modernizar regulaciones existentes en la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial.

La iniciativa contempla una multa de ₡20.000 "al propietario del vehículo que sea puesto en circulación sin los documentos exigidos en el artículo 4 de la presente ley o sin la respectiva licencia de conducir".

1-Redacción de la norma, la cual se catalogó que no es la óptima al indicar que se pudo señalar que la multa se impondrá cuando el conductor no porte su licencia de conducir y no por el hecho de no portarla cuando el oficial de tránsito lo requiera.

"Tampoco puede descartarse que el sentido de la norma sea que la infracción se comete por estar conduciendo un vehículo sin portar la respectiva licencia, pues el argumento que se utiliza en el sentido de que el oficial de tránsito cuenta con medios tecnológicos para corroborar si el conductor tiene registrada o no una licencia de conducir, constituye un elemento que probablemente no se tenía en cuenta al momento de la promulgación de la norma, dado que hoy día sin lugar a dudas el avance de la tecnología es muy superior".

2-No se menciona los argumentos que actualmente invocan las autoridades de tránsito al momento de aplicar la multa.

La Procuraduría señaló que la discusión llegaría en la aprobación del plan porque la multa sería aplicable únicamente al conductor que no cuente con la respectiva licencia de conducir, la cual no será necesario que porte físicamente y pidiendo el oficial de tránsito corroborar la existencia del permiso por otras vías.

"Estimamos que resulta indispensable que se valore el criterio del COSEVI y la policía de tránsito, a fin de determinar si actualmente en todos los casos y en cualquier lugar o circunstancia puede asegurarse que todos los oficiales de tránsito estarán en posibilidad de hacer tal corroboración que la norma estaría suponiendo".

El órgano procurador señaló que sería un elemento necesario a considerar en la discusión porque si existen casos en que no es posible corroborar si la persona realmente cuenta con la licencia que lo acredita para conducir el vehículo y se podría poner en grave peligro la seguridad en el tránsito.

3-Reforma al inciso b) del artículo 51 de la Ley de Tránsito. Según el ente procurador, sería muy grave que no pueda corroborarse si un conductor de transporte público cuente o no con una licencia de conducir apropiada dado que en sus manos está confiada la seguridad y la vida de terceras personas.

"En ese caso, parece lo más aconsejable que la norma se mantenga con su actual redacción, porque al estar en presencia de la prestación de un servicio que puede poner en riesgo la seguridad o la vida de los usuarios, media un interés público superior que debe superponerse al beneficio del conductor, por lo que parece razonable que –precisamente por motivos de seguridad jurídica y atendiendo a valores como la protección de la integridad física y la vida de las personas– el conductor siempre porte su licencia de conducir", detalla el documento.

4-Licencia de conducir en formato digital. El órgano procurador señaló que resulta "irrazonable" que los extranjeros con un documento electrónico no puedan tener el cumplimiento del marco legal mediante el documento físico.

"En este supuesto, resulta importante valorar con cuáles mecanismos técnicos puede contarse para lograr corroborar con suficiente seguridad si efectivamente el oficial está ante una licencia de conducir válida", precisó la PGR.

5-Introducción en vehículo bicimoto y motocicleta de combustión interna. Para el órgano procurador se debe hacer una valoración técnica en cuanto a los términos de esta normativa para asegurarse que está planteada de forma correcta, así como también la posibilidad de escuchar el criterio técnico del MOPT.

La iniciativa se encuentra actualmente dentro de la corriente legislativa bajo análisis de los diputados. 

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