Privada de libertad trans denuncia que oficial “le tocó sus pechos y nalgas” durante cacheo

Recurrente afirmó estar en huelga de hambre

16 de Feb. 2024 | 12:40 pm

la-reforma-entrada-2-e1362001189179 (1)

Una privada de libertad trans presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional y en contra del Ministerio de Justicia y Paz, luego de que asegurara que durante una revisión, un oficial le tocó sus pechos y nalgas, pese a que ella solicitó ser revisada por una mujer.

Además, como parte del recurso, la recurrente alegó que presenta múltiples padecimientos de salud con neuropatía periférica, y que la esposaron con las manos haca atrás de forma violenta, lo que alteró su neuropatía y causó alergia y lesiones en las manos.

"Refiere que los oficiales los ingresaron al patio de visitas que colinda con el ámbito D5 y, una vez ahí, los oficiales empezaron a llamar a varios reclusos, entre ellos, a su pareja, (…), a quien sacaron del pabellón y lo trasladaron, sin explicación, al CAI Terrazas, pese a que no tenía problemas convivenciales ni había solicitado el traslado.

Estima que el egreso de su pareja sentimental es un acto de discriminación sexual", detalló el recurso.

También comentó que fueron reubicados otros privados de libertad, lo que estimó como un abuso de autoridad, persecución policial y discriminación.

"Alega que a (uno de los privados de libertad) lo trasladaron al Centro Nacional de Atención Específica. Considera que esta situación atenta contra la integridad física y vida, pues cuando ella estuvo en una celda del Centro Nacional de Atención Específica tuvo ideas suicidas.

Alega que (otros 3 privados de libertad) fueron reubicados en el ámbito D6 del CAI Montero Castro. Solicita ser trasladada a la fiscalía, junto con los tutelados, para denunciar los hechos sucedidos el 17 de enero de 2024. Insiste en que no tenían por qué reubicar a los privados de libertad sin su consentimiento y solicita que los traigan de vuelta al ámbito D5", mencionó el recurso.

La recurrente también afirmó estar en huelga de hambre tras los hechos.

Medelyn Garita Oviedo, directora a.i. del Centro de Atención Institucional Jorge Arturo Montero Castro, indicó a la Sala que la privada de libertad tuvo que ser atendida en la clínica del centro penitenciario tras estar descompensada por la huelga de hambre, por lo que se le tuvo que proporcionar suero y se encuentra en condición estable.

"Por otro lado, reitera que la huelga de hambre se debe a la necesidad de que le sea tramitada la visita conyugal con su pareja sentimental, el privado de libertad [Nombre 002], el cual se ubica en el Centro de Atención Institucional Terrazas. Se le explica a la recurrente que la Licda. María de Jesús González Araya, trabajadora social del Ámbito de Convivencia D, la atenderá a la fecha del presente informe, para tramitar la visita conyugal (…)

Por lo anteriormente expuesto, puede observar su Autoridad que no se le ha violentado ningún derecho fundamental a la persona privada de libertad, esta administración penitenciaria se encuentra trabajando bajo el debido proceso y realizando todas las gestiones necesarias según lo requiere el caso, en aras de salvaguardar los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad, y en total cumplimiento de lo ordenado", indicó Garita.

Tras esto, los magistrados declararon parcialmente con lugar el recurso, solo lo relacionado con el uso desproporcionado de esposas y el cacheo de la privada de libertad. Mientras que en lo demás se declara sin lugar el recurso.

"Se le ordena a Medelyn Garita Oviedo, en su condición de directora a.i. del Centro de Atención Institucional Jorge Arturo Montero Castro, o a quien ejerza ese cargo, que de inmediato realicen las gestiones necesarias, dentro del ámbito de sus competencias, a efectos de que inmediatamente se inicie un procedimiento administrativo para descubrir la verdad real de los hechos alegados por la recurrente en este recurso y se determine la eventual responsabilidad administrativa de los funcionarios implicados", detalla el por tanto.

Este procedimiento debe culminar en un plazo de 2 meses después de la notificación del pronunciamiento.

También se condenó al Estado al pago de daños y perjuicios causados con los hechos.

Comentarios
1 comentario