Pretenden prohibir a comercios enviar anuncios a correos o celular

Fracción del PLP impulsa iniciativa de ley

18 de Jul. 2022 | 5:11 am
Cerca de 40% de los comercios del país tienen una plataforma electrónica propia. (Foto: con fines ilustrativos)

Cerca de 40% de los comercios del país tienen una plataforma electrónica propia. (Foto: con fines ilustrativos)

(CRHoy.com) Los anuncios de productos o servicios que llegan a correos electrónicos o a los celulares por medio de mensaje de texto o WhatsApp o cualquier otra plataforma digital deberán contar con una autorización previa de las personas para ser enviados por los comercios.

Así lo establece un proyecto de ley que impulsa la fracción del Partido Liberal Progresista (PLP) en un nuevo intento del Congreso para regular el comercio electrónico en el país.

La vocera de la iniciativa es la diputada del PLP, Kattia Cambronero, quien afirma que el proyecto busca brindar seguridad jurídica a una forma de comercio que cada vez crece más en el país, pero que sigue sin ninguna regulación.

Protección de datos

El texto del proyecto que se estudia con el expediente 23.184 contiene dos capítulos en materia de protección de datos.

En el artículo 29 se indican las responsabilidades que deben asumir los comerciantes con la información de sus clientes:

  1. Adoptar medidas de seguridad eficaces en sus procesos para proteger la integridad, veracidad y confidencialidad de los datos personales existentes en sus bases de datos.
  2. Informar sobre el nivel de protección que otorgan a los datos personales de los consumidores, en especial en lo relativo a la transmisión, tratamiento y almacenamiento de sus datos personales.
  3. Introducir en los contratos que suscriban con otros comerciantes, cláusulas que tengan por objeto proteger la confidencialidad de los datos personales de los consumidores.

Luego, el artículo 30 detalla la prohibición para enviar "comunicaciones electrónicas no solicitadas por los consumidores"

El comerciante o prestador del servicio debe abstenerse de enviar comunicaciones comerciales por cualquier medio electrónico, cuando estas no han sido previamente solicitadas o consentidas por los consumidores, indica el texto.

Para el otorgamiento de dicho consentimiento, el comerciante o prestador del servicio deberá desarrollar e implementar procedimientos efectivos y fáciles de usar por parte de los consumidores, para que estos elijan si desean recibir o no mensajes comerciales y, cuando elijan no recibirlos, su decisión debe ser acatada de forma inmediata

"No se podrá supeditar la transacción comercial o la prestación del servicio, a la aceptación del consumidor de recibir comunicaciones comerciales", agregó el artículo.

Si el comercio incumple esta disposición, el proyecto señala que la Superintendencia de Telecomunicaciones podrá remitir a la Comisión Nacional del Consumidor aquellos casos en que se evidencie una eventual responsabilidad de un comerciante, por la emisión de comunicaciones no solicitadas o la suscripción de bienes o servicios de forma automática o engañosa sin contar con el consentimiento expreso del consumidor, excepto, cuando se trate de operadores o proveedores de servicios de telecomunicaciones.

Además, en el artículo 52 se indica que se prohíbe el uso de datos personales de menores de edad con fines comerciales relacionados con la mercadotecnia directa, la elaboración de perfiles y la publicidad personalizada basada en el comportamiento, así como dirigir publicidad personalizada a dichos menores.

Nuevo intento

No es la primera vez que el Congreso tiene una propuesta para regular el llamado comercio electrónico.

El primero bajo el expediente 16.081, "Ley de Comercio Electrónico", luego el proyecto de ley 19.012, "Ley de Servicios de la Sociedad de la Información -Ley de Comercio Electrónico-", y el último, bajo el expediente legislativo 21.183, "Ley del Mercado y Comercio Electrónico".

Ninguno de ellos prosperó y se encuentran archivados por vencimiento de su plazo de vigencia legal.

Según la Cámara de Comercio de Costa Rica (CCCR), en su estudio "Realidad del Comercio Electrónico en Costa Rica", un 39% de los comerciantes formales del país operan por medio de una plataforma de comercio electrónico propia, de un tercero o a través de una aplicación de entrega.

La diputada del PLP, Kattia Cambronero impulsa la ley. (Foto: Asamblea)

La diputada del PLP, Kattia Cambronero impulsa la ley. (Foto: Asamblea)

El restante 69% trabajan mediante herramientas digitales, ya sean aplicaciones de mensajería o redes sociales.

"Es evidente entonces que el comercio electrónico es un dinamizador de la economía y un vehículo de desarrollo para el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas, y del emprendedurismo", indica la justificación del proyecto.

¿Qué fines tiene la ley?

Además de la regulación ya mencionada, el proyecto persigue los siguientes objetivos:

  • Fomentar la innovación, el crecimiento y la competitividad en el mercado digital mediante reglas claras que brinden seguridad jurídica al comercio electrónico y a los contratos celebrados por medios electrónicos.
  • Proteger mejor a los consumidores y sus derechos fundamentales en línea.
  • Establecer un potente marco de transparencia y una clara rendición de cuentas para las plataformas en línea.

En síntesis, el proyecto regula dos grandes temas:

  • Los servicios de la sociedad de la información y, en especial, los servicios intermediarios, así como las obligaciones de interés público que deben cumplir los prestadores de estos servicios, y su régimen de responsabilidad como intermediarios de la información que circula por sus redes o plataformas; y
  • El comercio electrónico como manifestación de dichos servicios, es decir, las reglas que regirán las transacciones comerciales de compra y venta de bienes o servicios a través de medios electrónicos, las comunicaciones electrónicas y la contratación electrónica.

El proyecto no ha sido convocado por el Gobierno en el actual periodo de sesiones extraordinarias que culminar el 31 de julio.