Presidente tiene en sus manos futuro de atención a víctimas de violencia
El Presidente de la República Carlos Alvarado tiene en sus manos el futuro del programa de Atención de Víctimas de Delitos. Ahora, Alvarado tendrá que decidir si firma o veta la Ley de Justicia Restaurativa aprobada la noche de lunes por los diputados de la Comisión Plena I, a pesar de las múltiples advertencias de los errores en el texto y del riesgo que eso implicaría para las víctimas de delitos y violencia.
La Fiscala General, Emilia Navas, ha advertido desde hace semanas de la necesidad de reformar el texto y pese a que varios legisladores coincidieron en que la iniciativa tenía ambigüedades y errores, la aprobaron con 18 votos a favor y uno en contra.
Ahora quedará en manos del Presidente Alvarado definir el futuro de la iniciativa que, de acuerdo con Navas y con Róger Mata, Fiscal de Atención a las Víctimas, vulnera la independencia del Ministerio Público.
Para la Fiscala, el texto aprobado por los legisladores no solo atenta contra la institucionalidad del Ministerio Público sino que compromete ¢300 millones de un presupuesto que se destina a las víctimas de delitos para atender a los agresores u ofensores en su proceso de restauración.

Con la iniciativa, se abre un portillo para que ciertos sentenciados puedan acceder a procesos de reinserción laboral en vez de cumplir la pena de cárcel y, aunque se ha dicho que no incluye a los agresores de mujeres, el texto tal y como fue aprobado sí crea espacio para que ellos sean también atendidos junto con las víctimas de violencia.
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Cambios que propuso la Fiscalía General
Artículo 6 'Implementación de la Ley en el Poder Judicial'.
Redacción actual:
La implementación de esta ley en el Poder Judicial estará bajo la Dirección de Justicia Restaurativa como ente rector, y el ejercicio de la acción penal y penal juvenil estará a cargo del Ministerio Público en el marco de sus competencias legales.
Redacción propuesta por Ministerio Público:
"La implementación de esta ley en el Poder Judicial, estará bajo la Dirección de Justicia Restaurativa como ente rector, en el ejercicio de la acción penal y penal juvenil estará a cargo del Ministerio Público, en los aspectos técnicos y administrativos de oficinas adscritas al Ministerio Público que no ejercen la acción penal, coordinará con estas en el marco de sus competencias legales."
Artículo 55 'De la Unidad de Atención en Justicia Restaurativa de la Oficina de Atención a Víctimas del Ministerio Público'.
Redacción actual:
Artículo 6 Bis.- De la Unidad de Atención en Justicia Restaurativa de la Oficina de Atención a Víctimas del Ministerio Público. En el marco de las competencias de la Oficina de Atención a la Víctima del Delito del Ministerio Público para la atención y asistencia a todas las víctimas de delitos, se deberá conformar una Unidad de Atención en Justicia Restaurativa para la atención y abordaje integral, holístico a las víctimas usuarias de justicia restaurativa. Además, se deberá crear las disposiciones presupuestarias para que el Fondo Especial para la Protección de Víctimas y Testigos destine recursos para su sostenibilidad. Asimismo, deberá: Conformar y dar seguimiento a la red de apoyo para las víctimas usuarias de justicia restaurativa en coordinación con las sedes restaurativas. Crear los equipos psicosociales especializados en el tema de género, para la valoración y atención integral de las víctimas de los delitos de la Ley de Penalización de la Violencia contra la Mujer, delitos sexuales y violencia doméstica. Participar en los procedimientos restaurativos desarrollados en la etapa de ejecución de la pena en materia penal o penal juvenil. Crear y ofrecer programas de auto ayuda, servicios para la atención, restauración, la rehabilitación, la recuperación y su convivencia pacífica y segura en la familia y sociedad. Crear y ofrecer programas de autoayuda para las víctimas de los delitos de penalización de la violencia contra la mujer tramitados con el procedimiento de justicia restaurativa. Crear y ofrecer programas y servicios para la atención en masculinidad para las personas ofensoras usuarias de justicia restaurativa, a fin de que se puedan establecer en los acuerdos restaurativos condiciones socioeducativas para el abordaje de las causas y detonantes en los delitos de penalización de la violencia contra la mujer. Promover la coordinación interinstitucional y local para el cumplimiento de esta ley. Lo anterior sin perjuicio de otras funciones de carácter administrativo que se definan mediante directrices de la Fiscalía General de la República, lo establecido en la presente ley y sus respectivos reglamentos.
Redacción propuesta:
"En el marco de las competencias de la Oficina de Atención a la Víctima del Delito del Ministerio Público para la atención y asistencia a todas las víctimas de delitos, se deberá conformar una Unidad de Atención en Justicia Restaurativa para la atención y abordaje integral, holístico a las víctimas usuarias de justicia restaurativa. Además, se deberá crear las disposiciones presupuestarias para que el Fondo Especial para la Protección de Víctimas y Testigos destine recursos para la atención de las víctimas referidas por esta Unidad. Asimismo, deberá: Conformar y dar seguimiento a la red de apoyo para las víctimas usuarias de justicia restaurativa en coordinación con las sedes restaurativas. Participar en los procedimientos restaurativos desarrollados en la etapa de ejecución de la pena en materia penal o penal juvenil. Crear y ofrecer programas de auto ayuda, servicios para la atención, restauración, la rehabilitación, la recuperación y su convivencia pacífica y segura en la familia y sociedad. Crear y ofrecer programas de autoayuda para las víctimas de los delitos de penalización de la violencia contra la mujer tramitados con el procedimiento de justicia restaurativa. Promover la coordinación interinstitucional y local para el cumplimiento de esta ley. Lo anterior sin perjuicio de otras funciones de carácter administrativo que se definan mediante directrices de la Fiscalía General de la República, lo establecido en la presente ley y sus respectivos reglamentos.
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Tres aspectos más preocupantes:
- "Que se vulnera la independencia del Ministerio Público cuando lo lógico es que a estas alturas estemos fortaleciéndola y potencializándola".
- "Que se apruebe una ley sin contenido presupuestario, que eso la tornaría inaplicable o que se tome del presupuesto exclusivo para víctimas dinero para el programa y para los ofensores".
- "Y algo que es incompresible es que se permita que vayan a justicia restaurativa, delitos o causas por violencia doméstica".
Navas aseguró que no le pedirá nada al Presidente y que quedará en él si veta o no el proyecto, incluso, dejó claro que desde este momento están trabajando en el texto aprobado para determinar si hay algún vicio de inconstitucionalidad para presentarlo ante la Sala IV.

