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Prescribe caso contra empleados de banco por incumplir normas antilavado

Exmandatario peruano, su esposa, su suegra y un colaborador mantienen abierto proceso por legitimación de capitales

Por Paulo Villalobos | 17 de Jul. 2023 | 1:09 pm

(CRHoy.com) La investigación que se siguió contra tres exempleados del Scotiabank de Costa Rica por el aparente manejo de productos bancarios relacionados con los sobornos que el expresidente peruano, Alejandro Toledo, prescribió.

En virtud de lo anterior, la Fiscalía Adjunta de Legitimación de Capitales y Persecución Patrimonial tuvo que solicitar un sobreseimiento definitivo en favor de un hombre de apellidos Blanco y dos mujeres de apellidos López y Rugama, confirmó el despacho a CRHoy.com. Con esto, el caso fue archivado por el Juzgado Penal del I Circuito Judicial de San José, sin posibilidad de que sea retomado.

Valga recordar que la pesquisa en cuestión fue desestimada en 2014 y que, tres años más tarde, la entonces fiscala general Emilia Navas ordenó reabrir -mediante una enmienda jerárquica- para hacer un "mayor análisis" y nuevas "diligencias de investigación que se habían omitido".

Luego de la ejecución de esos pendientes, no fue posible demostrar con prueba el dolo de los personeros (voluntad deliberada de cometer un delito, a sabiendas de su carácter delictivo y del daño que puede causar), explicó el Ministerio Público a través de su oficina pública.

Desde la perspectiva de la Fiscalía, sí se logró establecer una actuación culposa (ilícito en el que se incurre sin el debido cuidado para evitar el daño, pero sin intencionalidad por parte del perpetrador) de los funcionarios.

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El despacho aseguró que "sin duda", los empleados "faltaron -al menos- al deber objetivo de cuidado". Lo anterior en el tanto que no aplicaron la debida diligencia que se establece en la Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso No Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo.

Dicha norma establece en su artículo 70 sanciones de entre 1 y 3 años de prisión al propietario, directivo, administrador o trabajador de las entidades financieras que en el ejercicio de sus funciones hayan facilitado la comisión de un cargo de lavado de dinero.

Precisamente, el máximo castigo previsto para ese delito es a su vez el plazo límite para perseguirlo penalmente, siempre que no se interrumpiera con algún acto procesal el cómputo de la prescripción. Aquel periodo pudo ser mayor, si se hubiese encontrado evidencia que permitiera acreditar que el hecho fue doloso, ya que eso hubiese hecho que las sanciones fueran mayores.

Así las cosas, la extinción de la acción penal por los hechos antes descrito se materializó mientras la causa 13-000051-0618-PE estuvo inactiva (2014-2017), precisó el departamento de comunicaciones del Ministerio Público.

Blanco, López y Rugama -presuntamente- estuvieron a cargo de $20 millones que introdujo al Sistema Financiero Nacional el exjefe de seguridad de Toledo, Avraham Dan On. Este después cedió esos montos a la suegra del exmandatario, Eva Fernenbug.

Por tales manejos irregulares, el banco fue multado administrativamente por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), luego de que se determinara un incumplimiento evidente y manifiesto a la normativa antilavado. La sanción trascendió el 28 de abril de 2018 y, en esa oportunidad, la superintendente Rocío Aguilar, indicó que el castigo se ejecutó conforme al numeral 81. Ahí se faculta a multar a la institución incumpliente con entre 0,5% y 2% del patrimonio entendido como capital social, más los aportes de capital y las utilidades y pérdidas acumuladas.

Al quedar en firme la sanción en la vía administrativa, cuando el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), el 15 de enero de 2019 rechazó un recurso de apelación, la entidad bancaria acudió al Tribunal Contencioso Administrativo. Sin embargo, esa instancia declaró sin lugar la gestión de la entidad financiera y respaldó la multa de ¢1.171 millones.

En el expediente antes dicho figuraron, además, el Toledo, Dan On, Fernenbug, así como la esposa del exgobernante, Eliane Karp, entre otros. Contra todos ellos se ordenó un testimonio de piezas (una investigación separada) ante la imposibilidad para juzgarles en Costa Rica. Los hechos ilícitos atribuidos a ese grupo se tramitan bajo el número de referencia 22-000101-1322-TP.

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Por este caso, y a solicitud de la Fiscalía, el Juzgado Contencioso Administrativo condenó a la sociedad Ecostate Consulting Group S.A. a la pérdida de $6,6 millones. Así, el dinero pasará a las arcas del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), donde deberá ser utilizado según las disposiciones de la antilavado.

El Registro Nacional certificó en su oportunidad que Sabih Saylan era el representante de la compañía en cuestión. Este último, a su vez, es conocido en Perú como la mano derecha del empresario Yosef Maiman, identificado por el exgerente de Odebrecht, Jorge Barata, como receptor de los sobornos que la constructora brasileña pagó a su amigo (Toledo), según determinó la investigación del escándalo de megacorrupción conocido como Lava Jato.

Los actos que se atribuyen al expresidente tuvieron lugar durante su administración, entre 2001 y 2006. En el penúltimo año, el gobierno de Toledo firmó un contrato con Odebrecht para la adjudicación de dos tramos de la carretera Interoceánica Sur, que une a Perú con Brasil. A cambio, el exmandatario recibió $25 millones, determinó el Ministerio Público de ese país; situación que Toledo rechaza.

Recién el 23 de abril de 2023, el exgobernante fue extraditado desde Estados Unidos hacia Perú, donde deberá hacer frente a las acusaciones penales de aparente colusión y tráfico de influencias.

Al cierre de la publicación, este medio mantenía en trámite una solicitud ante la oficina de prensa del Scotiabank.

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