Negocio del Cáñamo: Esto es lo que se sabe del reglamento en consulta

Consulta pública se extiende por 5 días

25 de Ago. 2022 | 9:01 am

(CRHoy.com) El Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) sacó a consulta pública el reglamento para la "Ley del Cannabis para uso Medicinal y Terapéutico y del cáñamo para uso alimentario e industrial".

Se trata de un documento de 28 páginas que, según la ministra Laura Bonilla y el presidente Rodrigo Chaves, estará en consulta pública durante 5 días y se espera que sea firmado el próximo 9 de setiembre.

Durante la conferencia de prensa de este martes, Chaves dijo que "las licencias no van a costar más que un monto simbólico" y destacó la economía que mueve esta industria.

Por su parte, la ministra Laura Bonilla expresó que tanto el MAG, Procomer, Comex y Cinde apoyarán a los interesados, ya que consideran que es un "producto ganador".

Estos son algunos de los puntos más importantes que establece el reglamento en consulta:

Autorizaciones sin costo

Según el artículo 2, las autorizaciones para la importación, siembra, cultivo, cosecha, post cosecha, almacenamiento, transporte, procesamiento, así como la fabricación, comercialización, importación y exportación de productos de interés sanitario con derivados de cáñamo no tendrán costo alguno. Las autorizaciones se darán por 6 años.

La propuesta explica que el Ministerio de Agricultura y Ganadería, será la autoridad competente para expedir las autorizaciones de cultivo, producción y actividades conexas de cáñamo. Asimismo, el MAG realizará controles y fiscalización de los establecimientos y productos autorizados.

Por su parte, el Ministerio de Salud será el encargado de asumir el control y la regulación de las actividades de producción, la industrialización y la comercialización de productos de interés sanitario. Salud dará las autorizaciones y también ejercerá los controles.

¿A dónde y a quiénes?

Según la propuesta, el MAG permitirá el cultivo de cáñamo "en todas las regiones del país que sean agronómicamente aptas". Además, "promoverá una distribución equitativa de las autorizaciones para cultivo en el territorio nacional, priorizando los distritos con menores índices de desarrollo social".

De igual manera, se expresa que el 40% de las autorizaciones otorgadas deben ser asignadas a organizaciones como:

  • Mipymes
  • Centros agrícolas cantonales
  • Asociaciones de pequeños y medianos productores
  • Cooperativas agrícolas o de autogestión
  • Asociaciones de desarrollo indígena

Sistema de trazabilidad

El reglamento también presenta 3 transitorios en donde se establecen 8 meses para generar un sistema de trazabilidad, reglamentación técnica y una ventanilla única (9 meses) en la que estará el MAG, Salud y Procomer.

El sistema de trazabilidad deberá ser coordinado por el MAG, Salud y el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD). "Coordinarán entre ellas la fiscalización y control desde la adquisición de las semillas por las personas productoras hasta la adquisición de la materia prima por los laboratorios y las industrias autorizadas; el transporte, almacenamiento, comercialización o exportación de los productos finales, incluyendo la adecuada disposición de los residuos, de conformidad con el presente reglamento", cita el documento.

El reglamento en consulta, de forma completa, se puede leer aquí (dar clic).