MEP publica requisitos para que docentes interinos obtengan una plaza en propiedad

Fines ilustrativos. Crédito: MEP
El Ministerio de Educación Pública (MEP) publicó el plan que establece los requisitos que deberán cumplir los funcionarios interinos para obtener un nombramiento en propiedad.
El documento detalla cómo se calculará el tiempo trabajado y cuáles condiciones académicas, laborales y legales serán revisadas. El procedimiento corresponde a la Ley de Nombramientos.
Continuidad laboral
Los funcionarios deberán haber trabajado al menos dos años en la misma plaza vacante o en las mismas lecciones. Ese tiempo debía estar cumplido al 17 de noviembre de 2025.
Durante el periodo utilizado para completar los dos años, la plaza debía estar vacante y no tener propietario. Por eso, no contará el tiempo trabajado para sustituir temporalmente a otro funcionario.
Si el puesto quedó libre después de un cese, traslado, ascenso o descenso de su propietario, el tiempo comenzará a contarse desde que se produjo la vacante.
El MEP tampoco permitirá sumar nombramientos en puestos o lecciones diferentes.
Las interrupciones menores de seis meses no eliminarán el tiempo acumulado si el funcionario regresó al mismo puesto o a las mismas lecciones. Sin embargo, los meses sin nombramiento no se contarán.
Una interrupción de seis meses o más sí romperá la continuidad laboral.
Las incapacidades y los permisos con salario no afectarán el cálculo si el vínculo laboral se mantuvo vigente. En cambio, los permisos sin salario interrumpirán la continuidad y no serán contabilizados.
Además, el funcionario deberá mantenerse activo hasta la fecha en que comience a regir el eventual nombramiento en propiedad.
Requisitos académicos
Según el plan, el MEP comprobará que los funcionarios tengan la formación y la experiencia requeridas para el puesto, la especialidad y la subespecialidad que ocupan.
Los interesados deberán presentar el título de Bachillerato en Educación Media o su equivalente, además de los títulos universitarios exigidos.
El Ministerio no aceptará certificaciones de estudios cuando el acto de graduación todavía esté pendiente. En esos casos, solicitará el título formalmente emitido.
Para quienes obtuvieron su grupo profesional mediante una salida lateral, el MEP pedirá la certificación utilizada para acreditar esa condición.
Cuando el puesto exija estar incorporado a un colegio profesional, deberá presentarse una certificación vigente que demuestre que el funcionario está incorporado y al día con sus obligaciones.
En el caso de los docentes de inglés, francés e italiano, el Ministerio solicitará una certificación vigente de dominio del idioma correspondiente. Cuando el puesto requiera experiencia, el MEP pedirá una certificación que permita comprobarla.
Otras verificaciones
Según el plan, el MEP revisará los antecedentes penales y el registro de funcionarios inhabilitados para trabajar dentro del Régimen de Servicio Civil.
Si el funcionario tiene anotaciones en sus antecedentes penales y también aparece en el registro de inelegibles, el Ministerio no le entregará el nombramiento. Antes deberá comprobar su idoneidad mediante un Estudio de Vida y Costumbres.
El documento también contempla la revisión de posibles sanciones impuestas por la Contraloría General de la República.
Además, los profesionales deberán estar al día con sus obligaciones tributarias ante el Ministerio de Hacienda. Los datos serán comparados con la información del sistema de pagos Integra2 y el expediente laboral de cada funcionario.
Antes de otorgar la propiedad, el MEP valorará la matrícula, la necesidad del servicio y la posibilidad de mantener la plaza o las lecciones.
El plan señala que los funcionarios incluidos en un registro de elegibles vigente ya tendrán acreditada su idoneidad.
Quienes no aparezcan en esos registros deberán realizar una prueba. Si no alcanzan la nota mínima, quedarán fuera de este procedimiento y tendrán que participar en futuros concursos para optar por la propiedad.
Después de completar las revisiones, la jefatura inmediata tendrá tres días hábiles para pronunciarse sobre el nombramiento.
Si se opone, deberá presentar un oficio que detalle los hechos, las razones y las pruebas que respaldan su decisión.
El funcionario afectado podrá presentar un recurso de revocatoria ante la Dirección de Gestión del Talento Humano y una apelación ante el Tribunal de Carrera Docente.
Cuando se cumplan todas las condiciones, el MEP emitirá el oficio de nombramiento en propiedad. El funcionario deberá superar un periodo de prueba de hasta tres meses antes de consolidar la propiedad.
Los funcionarios que tengan dudas sobre el procedimiento podrán enviar sus consultas al correo transitorio1Ley10777@mep.go.cr, habilitado por el MEP para atender preguntas relacionadas con la aplicación del plan.