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Por estos hechos, Fiscalía atribuye a Celso Gamboa el presunto uso de documento falso

Se ausentó se audiencia por un caso de narcotráfico

Por Erick Carvajal | 18 de Jul. 2023 | 11:02 am

(CRHoy.com).- El Ministerio Públicó abrió una causa penal contra el Exmagistrado Celso Gamboa y el Exdirector de la Policía Fiscal, Irvin Malespín Muñoz, por el presunto delito de uso de documento falso y otro en perjuicio de La Fe Pública, la cual deberá ir a juicio según la última resolución del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago.

Los jueces Xiomara Gutiérrez, Jaime Robleto y Marco Mairena revocaron un sobreseimiento que había dictado el entonces juez Andrés Olsen Villegas, el 6 de junio del 2022, a favor de Gamboa Sánchez y Malespín Muñoz. El Tribunal acogió la apelación presentada por el Ministerio Público.

Pero, ¿cuáles son los hechos por los que la Fiscalía acusa a Gamboa Sánchez y Malespín Muñoz?

El 3 de octubre del 2019, el Tribunal Penal de Cartago realizó una audiencia de apelación de la prórroga de prisión preventiva de un imputado a quien se le seguía una causa penal por el delito de narcotráfico, bajo el expediente 18-000256-569-PE.

El defensor de dicho acusado era Gamboa Sánchez. El día de la apelación, el exmagistrado no se presentó aduciendo que estaba en otra diligencia judicial y ante esto, el Tribunal Penal de Cartago le dio 24 horas para que justificara de manera escrita su ausencia.

Para esas fechas, Irvin Malespín Muñoz, ocupaba el cargo de Director de la Policía de Control Fiscal, puesto que ocupó del 1 de julio del 2014 al 16 de febrero del 2020. Anterior a esto, trabajó como Fiscal del Ministerio Público.

Dentro de sus funciones como Director de la Policía Fiscal, debía supervisar, organizar, planear y dirigir procesos de investigación y detectar delitos fiscales.

Según el Ministerio Público, y así se consigna en los hechos acusados, Malespín Muñoz, el 3 de octubre del 2019, en su condición, para ese momento, confeccionó un documento público y autenticado llamado "Constancia de Asistencia".

La Fiscalía determinó que en el documento se consigan hechos falsos, ya que se indicaba que el exmagistrado había permanecido, ese día (3 de octubre del 2019) en las oficinas de la Policía de Control Fiscal, revisando el expediente PDF-EXP-23012019, tramitado por el delito de contrabando.

El Ministerio Público determinó que el uso de documento falso causó un perjuicio a la administración de justicia, ya que el Tribunal Penal de Cartago tuvo que programar una nueva audiencia de apelación, retrasando el proceso penal y gastando recursos estatales como el traslado de los detenidos y la asistencia de jueces y fiscales de la República.

Apreciación subjetiva y sesgada

Los jueces Xiomara Gutiérrez, Jaime Robleto y Marco Mairena determinaron en su resolución que no tenía razón el juez Olsen Villegas al decir que a Gamboa Sánchez se le perseguía, por parte del Ministerio Público, por su labor como defensor en dicha causa por narcotráfico.

"Tal afirmación no es más que una apreciación totalmente subjetiva y sesgada del juez a quo y contraria a lo que consta en la prueba aportada por la Fiscalía.  El procedimiento en trámite obedece a la presunta presentación de un documento falso para justificar su ausencia a una vista", señalaron.

Los jueces explicaron que no era cierto tampoco que la separación de Gamboa Sánchez como defensor en la causa de narcotráfico fue el origen del testimonio de piezas con el que inició la investigación por uso de documento falso.

"Una cosa es que el abogado se ausente injustificadamente del proceso y que, por ello, la ley prevea que no continúe ejerciendo la defensa técnica y otra diversa es que se establezca que, en conexión con ello, se produjo la aparente comisión de un delito de acción pública tipificado en el Código Penal y que tiene prevista pena privativa de libertad", manifestó el Tribunal.

Los jueces calificaron como muy "sui generis" la visión de Olsen Villegas sobre la actuación del Ministerio Público, porque aunque la Fiscalía le explicó por qué puso en marcha la causa contra Gamboa Sánchez y Malespín Muñoz, Olsen Villegas "decidió plantear su propia visión subjetiva sobre ello e inventar exigencias para el ejercicio de la acción penal pública que no están presentes en nuestra legislación".

"Entonces, de ninguna manera contaba el juez con competencia en este caso para ordenar un sobreseimiento definitivo, no solo porque la estructura procesal no prevé que este se dicte en alzada, sino porque la falta de acción no conlleva que deba emitirse una resolución con carácter de cosa juzgada material", concluyó el Tribunal.

CRHoy.com intentó obtener una posición del exmagistrado, pero al cierre de esta nota no habíamos obtenido respuesta.

Irvin Malespín, exdirector de la Policía Fiscal, dijo que se trata de una resolución judicial y como tal la respeta. "Esperaré el juicio de la misma forma que lo he hecho hasta ahora", dijo.

Este medio consultó al juez Andrés Olsen Villegas, y este por medio de un correo indicó que ya no es juez en el Tribunal de Juicio de Cartago.

"En lo atinente a la resolución que refiere, la misma la conozco y respeto el criterio vertido por los y las juezas del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago; pues el mismo es el resultado del libre ejercicio de la labor jurisdiccional y la independiente del juez, que son base de nuestro sistema judicial. En ese tanto, de mi parte no sería correcto o adecuado el señalar, criticar o tener algún tipo de posición sobre ello, por lo que mi persona no tiene posición sobre lo indicado por esa resolución, en tanto el fallo se da dentro de un proceso penal activo hasta donde entiendo y que el suscrito no está atendiendo, debiendo ser los actores de ese asunto (fiscalía, defensa e imputados) los llamados a tener una postura sobre un fallo judicial", dijo.

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