Mamá de niño ciego gana recurso contra heladería por no aplicar ley 7600

Sala IV falló a favor de la denunciante

6 de Abr. 2022 | 6:08 pm

(CRHoy.com).-Pamela Alvarado, madre de un menor ciego de 2 años de edad, ganó un recurso de amparo contra la heladería Pops, en el que alegó que en una de sus sucursales no se cumple lo que establece la ley 7600. Los hechos ocurrieron en la heladería de la compañía que está ubicada en el Centro Comercial del Sur.

La madre del menor interpuso el recurso de amparo el día 16 de diciembre del 2021, bajo el expediente 21-025836-0007-CO. La Sala Constitucional confirmó a CRHoy.com que el voto se encuentra en redacción, pero en el "por tanto" de la sentencia se le dio la razón a la denunciante.

"En diciembre fuimos con mi familia y una amiga que venía de Estados Unidos, a la heladería Pops que queda en el Centro Comercial del Sur. La heladería estaba muy llena, por lo que me dirigí a la caja y le pregunté a la muchacha que estaba atendiendo cuál era la caja preferencial y ella me dijo que ellos no aplicaban esa medida, me dijo que no iban a perder los demás clientes por atendernos; ahí le pedí que me comunicara con su supervisora. La supervisora se encontraba en la caja y me dijo que ella ya había escuchado y visto la situación, que efectivamente ellos no aplicaban la medida de la caja preferencial.

Yo le comenté que mi hijo estaba afuera esperando con mi familia y mi amiga, que es un niño no vidente de dos años, que estaba afuera, que era de noche y hacía mucho frío y aun así no hicieron nada. Yo les dije que demandaría la heladería por incumplir con la ley 7600, ellas se burlaron de mi reclamo y de la condición de mi hijo", narró Alvarado.

CRHoy.com contactó a Wilberth Taborda, apoderado generalísimo de la Compañía Americana de Helados Sociedad Anónima, quien dijo que: "no hemos sido notificados del fallo que usted me menciona, pero puedo asegurarle que en Pops actuamos siempre con absoluto respeto a la legislación vigente y al ordenamiento jurídico del país."

En la notificación del fallo, la Sala IV ordena que se tomen las medidas pertinentes en las heladerías, con el fin que situaciones como estas no se vuelvan a repetir.

"Por mayoría se declara con lugar el recurso. Se ordena a Wilberth Taborda Kruse, en su condición de apoderado generalísimo limitado de la empresa Compañía Americana de Helados Sociedad Anónima, o a quien ejerza ese cargo, tomar las medidas pertinentes con el propósito de que situaciones como las que dieron mérito a la estimatoria de este recurso no se repitan, ello a fin de respetar los derechos fundamentales de las personas con discapacidad", citó el "por tanto" de los magistrados.