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Las 7 recomendaciones para mejorar situación del IVM, según Comité de la CCSS

23 de Feb. 2026 | 12:13 pm

Edificio de la Gerencia de Pensiones de la CCSS. Foto: Archivo CRH

El Comité de Vigilancia del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) planteó siete recomendaciones puntuales para mejorar la situación del seguro de pensiones, que atraviesa momentos críticos.

Las propuestas abarcan cambios en el financiamiento, ajustes normativos, atención a observaciones de auditoría y gestiones ante el Estado para el pago de obligaciones pendientes.

1. Pago completo y oportuno de las obligaciones del Estado

El Comité pidió instruir a la Gerencia Financiera y a la Gerencia de Pensiones para que gestionen ante el Ministerio de Hacienda el pago completo y oportuno de las obligaciones del Estado.

Estas incluyen la cuota "Estado como tal", la cuota "complementaria" de trabajadores independientes y asegurados voluntarios, así como la deuda acumulada por estos rubros con sus respectivos intereses.

2. Modificar la estructura de financiamiento del IVM

El órgano recomendó que la estructura de financiamiento del Régimen de Pensiones de IVM se constituya con los aportes de trabajadores y patronos.

Plantea trasladar el aporte actual del Estado al Seguro de Salud y recibir a cambio en el seguro de IVM la misma cuantía. Esto se lograría reduciendo el aporte del trabajador al Seguro de Salud y sumándolo al IVM.

3. Ajustar la tasa de reemplazo al esfuerzo contributivo

El Comité señaló que la tasa de reemplazo debe reflejar el esfuerzo contributivo, de modo que los beneficios estén acordes con la prima de cotización.

Indicó que la técnica establece que la prima tripartita multiplicada por 3 o 3,5 dará como resultado el reemplazo para una pensión por vejez, aplicable a todos los futuros jubilados. A esta tasa de reemplazo se le debe sumar la que otorga el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC).

Actualmente, quienes se pensionan bajo el IVM reciben un 60% del promedio de sus 300 mejores salarios. Con una cotización de 11,66%, el sistema permite que la pensión equivalga a cerca de 5,1 veces lo aportado a lo largo de la vida laboral

4. Reformar el artículo 29 del reglamento del IVM

La instancia recomendó eliminar el párrafo segundo del artículo 29 del Reglamento al Seguro de IVM. El cual establece:

"El monto de la pensión calculado conforme con los artículos 24 y 25 deberá sujetarse a una cuantía mínima y a un tope máximo, cuya cuantía fijará periódicamente la Junta Directiva.

La cuantía mínima de pensión no podrá ser inferior al 50% del ingreso o salario mínimo de contribución que se establezca conforme al artículo 34 de este Reglamento. Asimismo, el Estado, en su condición subsidiaria, cubrirá el financiamiento de las pensiones mínimas que otorgue el Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte en aquellos casos donde la pensión resultante es menor al monto mínimo vigente. Este financiamiento formará parte de la cuota del Estado como tal.

La cuantía mínima de pensión para cada beneficiario en caso de muerte estará determinada por la proporción que le corresponda según el artículo 27 de este Reglamento. En el caso de un solo beneficiario el monto de la pensión por otorgar no podrá ser inferior al 70% del tope mínimo vigente para pensión por vejez o invalidez. En el caso de dos beneficiarios, la suma de los montos por otorgar no podrá ser inferior al 100% de este tope mínimo".

Además, pidió que la Junta Directiva incluya en el reglamento el esquema de revalorización de las pensiones en curso de pago y la estimación del monto mínimo, conforme a la técnica actuarial y los principios de seguridad social.

5. Reformar el aporte de los pensionados al Seguro de Salud

El Comité propuso que el aporte del pensionado al Seguro de Salud deje de ser asumido por el Fondo de Pensiones de Invalidez, Vejez y Muerte.

Para ello, señaló que se requiere una reforma a la Ley 6230 y la modificación del artículo 3 del Reglamento al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte. También recomendó valorar un esquema de aplicación proporcional según el monto de la pensión y analizar su aplicación únicamente a los nuevos pensionados.

6. Atender deficiencias señaladas por auditorías

El Comité advirtió que informes emitidos por la Superintendencia de Pensiones (SUPEN) y la Auditoría Interna sobre el IVM revelan deficiencias críticas en el sistema de control interno, la confiabilidad de la información financiera y la gestión de inversiones y créditos.

Ante esto, recomendó a la Junta Directiva conformar, a la brevedad posible, un equipo de trabajo coordinado por un funcionario que no forme parte de la Gerencia de Pensiones, para analizar y corregir los señalamientos realizados por las auditorías.

7. Retomar recomendaciones pendientes desde 2022

Finalmente, con base en el Informe del Comité de Vigilancia CV-RIVM del año 2022, el órgano reiteró las recomendaciones planteadas en ese momento que aún están pendientes de atender, al considerar que continúan plenamente vigentes.

Comentarios
1 comentario
EO
Por Edwin obed Hidalgo Hidalgo24 de febrero, 2026

No le dad vergüenza estos ladrones pedir un 40%para un pensionado con 40 o mas años de cotización, cundo un empleado de la caja se pensiona con un 100X100 O mas sin tener muchas veces ni las cotas suficientes para una pensión, yo espero k las jente nuevas nunca contisen para la caja.