Las 7 pruebas que delataron al femicida de María Tacsan
Nuevo informe forense demostró que heridas en el abdomen de la víctima fueron provocadas posterior a la muerte
Exámenes forenses, estudios científicos en los órganos, videos de cámaras de seguridad, inspecciones en la escena del crimen y hasta testimonios fueron parte de las evidencias que utilizó el Tribunal Penal de Heredia para declarar culpable al médico Carlos Andrés Pérez, del asesinato de María del Carmen Tacsan Ulate.
Sobre el acusado se dictó una condena de 35 años de prisión la mañana de ayer lunes, al ser señalado como autor responsable del femicidio de la mujer de 40 años de edad al momento de su fallecimiento, reconocida por ser activista.
El sospechoso deberá descontar 8 meses de prisión preventiva mientras la sentencia queda en firme y empieza a descontar la pena.
Este fue el segundo juicio realizado por la muerte ocurrida en setiembre del 2020, luego de que el año pasado se determinó que debía realizarse de nuevo, dado que en el primer debate Pérez fue absuelto. Tanto la Fiscalía como la familia apelaron.
Cortes en el hígado
Tal y como reveló crhoy.com el pasado 29 de junio, un nuevo dictamen médico-legal se presentó como evidencia para mostrar la eventual culpabilidad del acusado, durante el segundo juicio.
Dicho documento indica que los cortes que María tenía en su cuerpo, específicamente en el hígado, fueron realizados posterior al fallecimiento, y no habrían sido parte de su causa de muerte, como ha dicho la defensa de Pérez.
Dentro de los hallazgos de la autopsia se señala que el hígado de Tacsan no tuvo reacción en vida ante los cortes: "es decir, se realizaron una vez ella había fallecido. A nivel médico, se concluye que acorde con el reporte de estudio histológico solicitado, en el parénquima hepático no se evidencia reacción vital".
El examen médico del hígado dice:
Se le realiza estudio histológico a muestras hepáticas referente a la Autopsia 2020-01997 y se obtiene lo siguiente:
"Comentario: Se recibe muestra de parénquima hepático que no muestra alteraciones citológicas ni arquitecturales para valorar la presencia de reacción vital, la cual es negativa.
Diagnóstico: Parénquima hepático sin reacción vital."
Esto en palabras más sencillas, significa que durante los estudios forenses se revisaron a detalle los tejidos del hígado de María Tacsan y esto permitió encontrar que las células no tuvieron una reacción vital. La jueza Nuria Villalobos, confirmó la relevancia de esta prueba durante la lectura del fallo.
Él analiza cada una de las heridas y hay una en particular que desde el inicio en su protocolo y autopsia, identifica que lacera el hígado. En este caso, él incluso no ve reacción vital.
Luego, se introdujo a este debate una histología forense que se hace de manera posterior y que las partes estuvieron de acuerdo (se trajo incluso al anátomo patólogo experto en el caso que nos explicó) y confirma que esa herida es post mortem que lacera el hígado de María y significa que fue hecha cuando ya ella estaba fallecida.
Evidentemente ella no se puede provocar esa herida y, por lo tanto, esto nos ratifica como Tribunal, que María no pudo provocarse ella misma su muerte, sino que además, por las otras condiciones la única persona que se encontraba y tenía la posibilidad de terminar con su vida fue el señor Pérez.
Rigidez del cuerpo
La hora de muerte y el estado del cuerpo de la víctima al momento de ser encontrada por los socorristas y los médicos forenses en horas de la tarde noche del día de la muerte, fue el primer elemento clave para determinar que no se trató de un suicidio.
Según explicó la jueza del caso, las pruebas científicas mostraban que por la rigidez del cadáver, ya habían transcurrido varias horas al momento de la llegada de la Cruz Roja.
"Estas condiciones, que nos han explicado ampliamente los peritos y que ubican la hora de la muerte de María en la mañana, nos lleva a que la única persona que se encontraba con la ofendida al momento de su fallecimiento era usted", le explicó la jueza al acusado.
Cámaras de seguridad
La muerte de Tacsan habría ocurrido entre las 8:00 a.m. y las 11:00 a.m. del 19 de setiembre. Para ese momento, la única persona que estuvo en la vivienda fue Pérez, quien quedó grabado en cámaras de seguridad cuando salió de la casa antes de las 11:00 a.m. y regresó hasta alrededor de las 6:00 p.m.
Para determinarlo así, fueron claves los dispositivos no de la propiedad de la víctima y el acusado, sino de vecinos de la par y al frente. En los videos, la única persona localizada en ese espacio temporal fue el ahora sentenciado por femicidio.
Sin forcejeos
La juzgadora que leyó el "por tanto" ayer lunes, también explicó que otra evidencia para determinar la responsabilidad del sospechoso fueron las inspecciones realizadas por la policía judicial tanto el día de la muerte como las revisiones posteriores.
Estas pericias definieron que en la vivienda de la pareja no tenía ningún tipo de rastros de que las entradas, llavines o ventanas se hubieran forzado para ingresar, lo que descarta posibles hipótesis que alguien más haya causado el deceso de María.
Disparo con arma de fuego
La autopsia indicó que fue el impacto con una arma de fuego lo que provocó finalmente la muerte de la víctima.
Este fue un disparo de contacto desde su boca, que provocó una serie de laceraciones en su cerebro y cabeza, que desencadenaron en exanguinación y además una aspiración de sangre. Así lo detalló la jueza Villalobos.
Una serie de médicos, científicos y especialistas forenses en su mayoría, nos vinieron a indicar varias cosas que son importantes con respecto a la muerte de María. Se determina que efectivamente, ella sola no se podía haber provocado su muerte.
Estaba inmóvil
Los residuos de lidocaína en los retos de la víctima también permitieron corroborar que la muerte de María fue provocada por otra persona y no ella misma. Esta sustancia es un fármaco que se utiliza como un anestésico y que estaba concentrada en grandes niveles en el cuerpo, al momento de la autopsia.
Los niveles de anestesia que se había introducido a la víctima, confirma que ella no contaba con condiciones ni neurológicas ni motoras para provocarse ella misma el disparo, porque ya tenía una cantidad de lidocaína tal, que no tenía las condiciones ni siquiera para tomar la decisión.
De acuerdo a ese experto que nos indica a partir de 3.5 ya se considera un nivel tóxico. De acuerdo a los exámenes de microbiología forense, la cantidad aproximada que este Tribunal tiene por probado que tenía María para el momento de su fallecimiento cuando ya se le provoca el disparo, es de 7.9 miligramos de lidocaína por mililitro de sangre.

María Tacsan murió en 2020.
Manipulación de la escena
El Tribunal Penal de Heredia determinó además que el doctor Carlos Andrés Pérez intentó manipular el sistema judicial para salir librado de culpa: desde el momento en que llamó al Sistema de Emergencias 9-1-1 hasta supuestamente mostrarse como víctima cuando fue abordado por las autoridades judiciales.
Según las pruebas recabadas por el Organismo de Investigación Judicial y la Fiscalía, gracias a pruebas con luminol se logró determinar que había huellas de limpieza, no solo con productos químicos sino también con un aparato que trabaja de forma autónoma.
Además, las marcas de los dedos en las almohadas y la forma en que estaba reposada la cabeza, mostrarían que el cuerpo fue acomodado posterior a la muerte, todo esto para fingir un suicidio.
Por otra parte, la jueza lectora manifestó que existió manipulación del médico para escenificar supuestas llamadas y participaciones de María en mensajes de texto, cuando ya ella estaba muerta en realidad.
Según el Tribunal, el acusado aprovechó ser una persona muy inteligente y contar con amplia educación, para intentar manipular el caso.
Apelación
José Miguel Villalobos, abogado del condenado por femicidio, confirmó que apelará la sentencia en cuanto llegue de forma completa el fallo, a mediados del mes de setiembre. También cuestionó la forma en que la jueza realizó la lectura de la resolución.
Me parece que la sentencia, tal y como se explicó está completamente equivocada. Cerraron los ojos a todas las objeciones a las pericias. Pero bueno, es nuestro sistema. Lo respeto con sus vicios y sus errores, virtudes y defectos, son jueces. Son seres humanos movidos por pasiones, por consciencias, por inconsciencias.
Ahora, obviamente esperaremos la sentencia integral para preparar la apelación correspondiente. Para don Carlos obviamente es más espera, estar en una cárcel donde ya estuvo un año y procederemos a utilizar lo que el sistema procesal nos da, para corregir este que considero un grave error.
Por su parte, los abogados de la familia Tacsan Ulate consideran que la apelación es una situación esperable, pero confían en que el resultado no cambiará.
Es previsible que la defensa vaya a apelar ante una derrota, ante una sentencia condenatoria de 35 años de prisión, que es la pena máxima que ofrece el ordenamiento jurídico.
Lo cierto del caso es que la prueba fue contundente a lo largo de todo el debate, en demostrar que el imputado mató a la señora María Tacsan y reflejo de ello es el resultado que hoy tenemos.
Carlo Díaz, fiscal general que estuvo presente en la audiencia, también se mostró satisfecho con la condenatoria.
Cuando uno escucha la contundencia de la explicación que hace la jueza de por qué se le sentencia esta persona, más bien uno no entiende cómo en la ocasión anterior se le había absuelto. Un excelente ‘por tanto', eso nos hace dudar de qué sucedió en el juicio pasado.













